jueves, 4 de diciembre de 2008

COMUNICACIÓN 42-08 - Medidas de protección para testigo caso justicia federal

Montecarlo Mnes., 25 de Noviembre de 2.008.-

COMUNICACIÓN Nº 42 / 2008

VISTO:
La grave situación vivida por la Sra. (...) quien demanda ante este Concejo intermediación y asistencia frente al hecho de que siente amenazada su vida y la de su familia; y,

CONSIDERANDO:
Que , la mencionada es testigo en el caso (..) , el cual obra en el Tribunal Oral en lo Criminal de la Ciudad de Posadas, Mnes;
Que, desde el mes de febrero y a raíz de su situación de testigo, se encuentra con protección y guarda permanente de la Gendarmería Nacional;
Que, la Sra. (..) se encuentra citada a declarar el día Miércoles 26 de noviembre, al Tribunal Oral de la Ciudad de Eldorado, sito en la calle América Nº 234;
Que, la misma ha tomado conocimiento de que una vez que haya declarado y se de por finalizado el correspondiente juicio oral, la custodia de la Gendarmería le será suspendida;
Que, este hecho preocupa altamente a la ciudadana, quien es madre de tres hijos menores de edad, quienes se encuentran a su solo cuidado, siendo el único sostén económico de la familia el ingreso que percibe ésta como beneficiaria del Programa Familias del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, alcanzando la suma de $ 200 mensuales;
Que, la familia carece de vivienda propia, seguridad social y de ingresos mensuales que le permitan una adecuada subsistencia; Que, la Sra. (..) manifiesta ser víctima de amenazas constantes y que por este motivo teme por su vida y la de sus hijos, máxime una vez que se le haya levantado la custodia de la Gendarmería Nacional;
Que, este Concejo se muestra altamente preocupado por la seguridad de la ciudadana y sus hijos menores;
Que, la Ley Nacional Nº 25.764, habilita que se tomen medidas especiales para con la ciudadana en cuestión, según lo previsto en el artículo 5 de la misma.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTECARLO, MNES.
C O M U N I C A :

PRIMERO: VERÍA CON AGRADO QUE el Tribunal Oral Federal de la Ciudad de Posadas, arbitre los medios para garantizar la implementación de medidas especiales de protección para la ciudadana (...) y sus hijos menores a cargo, especialmente en lo referente a custodia personal o domiciliaria, al suministro de los medios económicos para alojamiento, acondicionamiento de vivienda y demás gastos indispensables, y la asistencia para la gestión de trámites; dada la alta vulnerabilidad socioeconómica de la testigo. - - - - - - - - - - - - -

SEGUNDO: REGÍSTRESE, Comuníquese al Tribunal Oral Federal de la Ciudad de Posadas, al Tribunal Oral de la Ciudad de Eldorado, a la Jueza Norma Lampugnani de Arce Milenik, a la Fiscal Vivian Andrea Barboza, al Departamento Ejecutivo Municipal, cumplido ARCHÍVESE.- - - - - - - - - - - - - - - - - - -

(POR RAZONES DE SEGURIDAD DE LA TESTIGO, SE OBVIAN SUS DATOS PERSONALES Y LOS DE LA CAUSA EN CUESTIÓN)