miércoles, 17 de junio de 2009

COMUNICACIÓN 21/09 - Al DEM sobre cumplimiento de ordenanza 51/08 - Control de leishmaniasis canina

Montecarlo, Mnes. 12 de junio de 2009

COMUNICACIÓN Nº 21 / 2009.-

VISTO:
La necesidad de implementar medidas preventivas, de vigilancia y control de la leishmaniasis canina previstas a través de la sanción de la ORDENANZA Nº 51/08 de este H.C.D.; y,

CONSIDERANDO:
Que, a través del citado instrumento, se ha dispuesto la modificación del Código de Saneamiento Ambiental (Ord. 69/05), adecuándolo a fin de incorporar medidas específicas para evitar el avance de esta enfermedad;
Que, la proliferación de otras enfermedades a nivel mundial, que afectan también a nuestro país, son indicadores de que estamos expuestos a este tipo de, por lo que se hace necesario reforzar y extremar las medidas preventivas;
Que, de las disposiciones impulsadas en la norma en cuestión, fechada el 06 de Octubre del año 2.008, no se conocen con precisión actividades y/o “acciones ejecutivas y preventivas” que se han llevado a la práctica.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE MONTECARLO (MNES.)
C O M U N I C A :

PRIMERO: VERIA CON AGRADO que el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM), a través del área que corresponda, respecto a la Campaña de prevención contra la LEISHMANIASIS canina, propuesta mediante la ORDENANZA Nº 51/08, informe lo siguiente:
1- Medidas concretas que se han implementado respecto al asunto precedentemente citado;
2- Resultados, avances obtenidos en el proceso de su implementación; 3
- Obstáculos, inconvenientes presentados durante dicha campaña, si los hubieren;
4- En caso de haber sido satisfactoria la misma, oportunidad de la implementación de una segunda etapa de la campaña preventiva. Cite la puesta en marcha de la la misma para el presente ejercicio fiscal (2.009);
5- Cualquier otra cuestión o determinación sobre el asunto de marras.- - - - - - - - - -

SEGUNDO: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal (D.E.M.), Dese a conocer y Cumplido, ARCHÍVESE.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - -- - - - - - -

COMUNICACIÓN 20/09 - Al DEM sobre cumplimiento ORDENANZA 74/08 - Registro de choferes remises

Montecarlo, Mnes. 12 de Junio de 2009

COMUNICACIÓN Nº 20 / 2009.-

VISTO:
La sanción de la ordenanza 74/08, de fecha 10 de diciembre de 2008, referente a la implementación de medidas de identificación de los choferes habilitados para cumplir tareas en el servicio público de coches de remises; y,

CONSIDERANDO:
Que, la ordenanza mencionada, complementaria de la Nº 10/94 prevé los requisitos que deberán cumplir las personas que se desempeñen como conductores del servicio Publico de coches de remises;
Que, a fines de disminuir la inseguridad y otorgar tranquilidad a los pasajeros/as que utilizan el servicio de remis, sobre todo en horario nocturno, es posible implementar medidas tendientes a identificar a los choferes que se encuentran debidamente habilitados para cumplir tal función;
Que, la exposición en el vehículo de los datos del conductor, junto a su identificación fotográfica, contribuirán a que los pasajeros/as puedan realizar las denuncias correspondientes cuando se constate que personal no habilitado se encuentra cumpliendo funciones;
Que, en tiempos en que se discuten las medidas a adoptarse para garantizar la seguridad pública, es fundamental hacer hincapié en aquellas que resultan de competencia del Estado Municipal;
Que, a la fecha no se ha implementado la colocación de tales fichas identificatorias en los móviles;
Que, el tiempo previsto para la ejecución de la ordenanza, promulgada por Decreto Nº 74/08 en fecha 10 de Diciembre de 2008, se ha cumplido ampliamente,
Que, corresponde al Concejo Deliberante, según lo dispone la Carta Orgánica Municipal, realizar el control del cumplimiento de las ordenanzas.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTECARLO, MNES.
C O M U N I C A :

PRIMERO: Vería con agrado que el D.E.M. arbitre -en plazo no mayor a 30 días - los medios para dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ordenanza 74/08.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

SEGUNDO: REGÍSTRESE, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal (D.E.M.), Dese a conocer y Cumplido, ARCHÍVESE.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - --

COMUNICACIÓN 19/09 - Al DEM sobre cumplimiento de ordenanza lucha contra el SIDA

Montecarlo, Mnes. 12 de Junio de 2009

COMUNICACIÓN 19 / 2009

VISTO:
La sanción de la Ordenanza Nº 32/08 de fecha 08 de Agosto de 2.008, mediante la cual se determina la creación del Programa Municipal de Lucha contra el SIDA; y,

CONSIDERANDO:
Que, en dicho Plan municipal, se prevé la realización de actividades preventivas en relación con esta silenciosa y terrible enfermedad;
Que, entre los objetivos de dicho programa, se plantea la realización de campañas con el sentido de “educar” e informar a la población toda respecto de las formas de prevenir el contagio;
Que, según el Artículo 7º de la Ordenanza nº 32/08, el DEM, deberá aplicar medidas que impulsen la instalación de máquinas expendedores de preservativos en lugares públicos;
Que, habiendo transcurrido un tiempo más que prudencial desde lo establecido en el instrumento precitado, los miembros de este H.C.D., desean conocer el estado en que se encuentra la implementación de dicho programa.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE MONTECARLO (MNES.)
C O M U N I C A :

PRIMERO: VERIA CON AGRADO que el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM), respecto al Programa Municipal de lucha contra el SIDA (Ordenanza Nº 32/08), informe sobre lo siguiente:
1) Estado en que se encuentra la implementación del mismo; actividades realizadas en tal sentido y logros obtenidos;
2) Gestiones, trámites efectuados respecto a lo que se establece, puntualmente, en el artículo 7º de la Ordenanza mencionada precedentemente y, en lo particular, lo que respecta a la instalación de máquinas expendedoras de preservativos en locales bailables y locales de acceso público, con actividades nocturnas.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

SEGUNDO: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal (D.E.M.), Dese a conocer y Cumplido, ARCHÍVESE.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - -- - - - - - -