lunes, 15 de diciembre de 2008

ORDENANZA 77-08 Incremento adicional accion social con destino a Hogar de Niños

Montecarlo, Mnes., 12 de Diciembre de 2008

ORDENANZA Nº 77/ 2008.-

VISTO:
La necesidad de garantizar el funcionamiento del Hogar de Niños de la Divina Misericordia de Jesús de esta ciudad; y,

CONSIDERANDO:
Que, la Comisión Directiva de dicha institución ha solicitado en repetidas oportunidades el incremento del aporte estatal recibido;
Que, la ordenanza Nº 50-02 determina el otorgamiento del 1% adicional de la tasa general de inmueble (de Seguridad y Acción Social) a dicha institución;
Que, otras instituciones de bien público de la comunidad reciben aportes superiores (del 3%); Que, es innegable la función social que cumple el Hogar de Niños en la comunidad de Montecarlo;
Que, el Municipio se halla adherido mediante Ordenanza 08-08 a la Ley Provincial Nº 3824 de Protección Integral del niño, niña y adolescente, la cual indica la necesidad de implementar medidas tendientes a proteger a la infancia vulnerable.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTECARLO, MNES.
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A :

Artículo 1º: DEJASE sin efecto la ORDENANZA Nº 50-02, que establece el adicional del 1% (Uno por ciento) sobre la Recaudación Municipal en concepto de Tasa Retributiva de la Propiedad, con destino al Hogar de Niños de la Divina Misericordia de Jesús de esta localidad.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Artículo 2º: ESTABLECER un adicional del 3% (Tres por ciento) sobre la Recaudación Municipal en concepto de Tasa Retributiva de la Propiedad, con destino al Hogar de Niños de la Divina Misericordia de Jesús de esta localidad.- - - - - - - - - - - - - - - - - -

Artículo 3º: DETERMINAR la vigencia de lo previsto en la presente Ordenanza desde el primer día hábil del año 2.009 y téngase por incorporado a la Ordenanza Municipal Tributaria.- - - - - -

Artículo 4º: REQUIÉRASE a la Comisión Directiva del Hogar de Niños de la Divina Misericordia de Jesús la remisión de manera anual al Honorable Concejo Deliberante de Montecarlo, de la Memoria y Balance de la Institución, lo que se constituye en condición para la renovación del aporte otorgado.- - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - -

ARTÍCULO 5º: REGÍSTRESE, comuníquese al DEM, a los fines establecidos en el Artículo 80°, inc. 11 y 12 de la COM, a la entidad beneficiada y cumplido, ARCCHÍVESE.- - - - - - - - - - - - - -

ORDENANZA 76-08 Ordenanza General Impositiva Ejercicio 2009

Montecarlo, Mnes., 12 de Diciembre de 2008

ORDENANZA Nº 76/ 2008.-

VISTO Y CONSIDERANDO:
La necesidad de fijar los Derechos, Tasas y Obligaciones de los contribuyentes; por los conceptos y en las condiciones establecidas en el Código Fiscal Municipal, a partir del 1º de Enero de 2009;

POR ELLO:
EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE MONTECARLO
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A:

ARTICULO 1º :Téngase por ORDENANZA GENERAL IMPOSITIVA -parte tributaria- a partir del 1º de enero de 2009, los Derechos, Tasas, Obligaciones, Gravámenes y Disposiciones en general que, como Ordenanza General Impositiva, corre anexa a la presente.---------------------------------------------------------------------------------------

ARTICULO 2º: Los contribuyentes y responsables de las obligaciones establecidas, abonarán los importes y por los conceptos y periodos indicados, acorde con las normas y procedimientos determinados por el Código Fiscal Municipal (CFM), la presente Ordenanza, u Ordenanzas Especiales Fiscales. ----------------------------------

ARTICULO 3º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal (DEM), a los fines establecidos en el artículo 80º, inc. 11 y 12 de la COM., Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, cumplido ARCHÍVESE.------------------------------------------------------

EL ANEXO ESTÁ DISPONIBLE EN LA SECRETARÍA DEL HCD PARA QUIENES LO SOLICITEN FORMALMENTE. POR RAZONES DE ESPACIO NO ES POSIBLE PUBLICARLOS EN ESTE LUGAR.

ORDENANZA 75-08 Calculo de Recursos y Presupuesto de Gastos

Montecarlo, Mnes. 12 de diciembre de 2008

MUNICIPALIDAD DE MONTECARLO;
MISIONES. CALCULO DE RECURSOS
Y PRESUPUESTO DE GASTOS
EJERCICIO 2009 Montecarlo Misiones

ORDENANZA Nº 75 / 2008

VISTO Y CONSIDERANDO:
La necesidad de establecer el Presupuesto General para el Ejercicio Fiscal 2009;

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTECARLO, MNES.
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A :

ARTICULO 1º: Estimase el “Calculo de Recursos” para el Ejercicio 2009, de acuerdo con las planillas discriminativas anexas, las que forman parte integrante de la presente Ordenanza; en la suma de Pesos……………………….…………..…11,340,000.00.- -

ARTICULO 2º: Estimase el “Presupuesto de Gastos” para el ·Ejercicio 2009, de acuerdo con las planillas discriminativas anexas, que forman partes integrantes de la presente Ordenanza; en la suma de Pesos……………………………………….11,340,000.00.- -

ARTICULO 3º: El “Presupuesto de Gastos” queda autorizado a nivel de “Finalidad y Función”, o “Área de Acción”. La discriminación analítica, por conceptos y/u Objetos de Gasto, tienen carácter figurativo. Los gastos, en cada área, por tales conceptos, surgirán por ejercicio del presupuesto.-------------------------------------------

ARTICULO 4º: El Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) podrá disponer compensaciones de los créditos, dentro de cada “Finalidad o Área”, utilizando las economías del área respectiva, a fin de reforzar los créditos asignados. El crédito adicional se podrá utilizar para reforzar créditos insuficientes de partidas de cualquier “Finalidad”. El Departamento Ejecutivo Municipal podrá, también, disponer compensaciones de partidas dentro de las “Finalidades” del agrupamiento de “Erogaciones Corrientes”. El agrupamiento de Erogaciones de capital se podrá reforzar con créditos disponibles de “Erogaciones Corrientes”, no pudiéndose efectuar el procedimiento inverso.-------

ARTICULO 5º: Los convenios suscriptos o aportes recibidos con determinados destinos, se incorporaran al Presupuesto General por los montos totales convenidos, por Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal, debiendo elevar copias de la respectiva Resolución, al H. Concejo deliberante y al H. Tribunal de Cuentas.---------

ARTICULO 6º: El Departamento Ejecutivo Municipal podrá disponer de los créditos autorizados en la partida “Transferencias Corrientes” del “Área de Acción Social”, sin perjuicio de los Subsidios y Subvenciones que, por su parte, disponga el H. Concejo Deliberante, con cago a la misma partida.------------------------------------------

ARTICULO 7º: REGISTRESE, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a los fines previstos en el Articulo 80º, incisos 11 y 12 de la Carta Orgánica Municipal, y Cumplido ARCHIVESE.------------------------------------------------------------------------------


LAS PLANILLAS ANEXAS SE ENCUENTRAN A DISPOSICIÓN DE QUIENES LO SOLICITEN FORMALMENTE EN LA SECRETARIA DEL HCD DE MONTECARLO.
POR RAZONES DE ESPACIO NO ES POSIBLE PUBLICARLAS EN ESTE LUGAR.

ORDENANZA 74-08 Fichas identificatorias conductores de remises

Montecarlo, Mnes. 10 de diciembre de 2008

ORDENANZA Nº 74 / 2008.-

VISTO Y CONSIDERANDO:
Que, la ordenanza 10/94 prevé los requisitos que deberán cumplir las personas que se desempeñen como conductores del servicio Publico de coches de remises;
Que, a fines de disminuir la inseguridad y otorgar tranquilidad a los pasajeros/as que utilizan el servicio de remis, sobre todo en horario nocturno, es posible implementar medidas tendientes a identificar a los choferes que se encuentran debidamente habilitados para cumplir tal función;
Que, la exposición en el vehículo de los datos del conductor, junto a su identificación fotográfica, contribuirán a que los pasajeros/as puedan realizar las denuncias correspondientes cuando se constate que personal no habilitado se encuentra cumpliendo funciones;
Que, el control sobre los servicios públicos y privados es un elemento fundamental para el ejercicio de la ciudadanía;
Que corresponde a este concejo legislar sobre la habilitación y funcionamiento del servicio de coches de alquiler.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICPALIDAD DE MONTECARLO, MNES.
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A :

Artículo 1: Los conductores afectados al “servicio público de coches de remises” deberán llevar consigo en servicio, adherida en la parte posterior del asiento del conductor, una ficha de fácil lectura para el pasajero; donde consten los siguientes datos: Nombre y apellido del conductor, DNI, Dominio del vehículo, Fecha de vencimiento de su habilitación como conductor, y Foto identificatoria; todo ello debidamente sellado por la Municipalidad de Montecarlo, y con la constancia del nombre y firma del funcionario que otorgó la habilitación.- - - - - - - - - - - - - - - -

Artículo 2: La ficha será otorgada por la Municipalidad de Montecarlo, de manera gratuita, a quienes cumplan los requisitos previstos por la ordenanza 10/94, capítulo V.- - - -

Artículo 3: Establécense las siguientes multas y sanciones a los permisionarios del servicio de remises de la ciudad de Montecarlo, que incurran en incumplimiento de la presente ordenanza.
a. No contar con la correspondiente ficha de habilitación en las condiciones dispuestas en artículo 1ro: veinte Unidades Fijas (20 U.F.). b.
Primera y segunda reincidencia: Duplicación progresiva de lo dispuesto en inciso precedente.
c. Tercera reincidencia: Cancelación de la habilitación del permisionario.- - - - - - - - - - - -

Artículo 4: REGÍSTRESE, comuníquese al D.E.M. a los fines establecidos en el Artículo 80, inciso 11 y 12 de la C.O.M. , dése a conocer y cumplido, ARCHIVESE.- - - - - - - - - - - - - - - - -

ORDENANZA 73-08 Eximición impositiva a Empresa Madecor SA

Montecarlo, Mnes. 09 de diciembre de 2008


ORDENANZA 73 / 2008.-

VISTO:

El incendio de parte de las instalaciones del emprendimiento industrial de la Empresa MADECOR S.A., ocurrido el 20 de noviembre del corriente año; y,

CONSIDERANDO:
Que la Empresa en cuestión ha presentado las constancias correspondientes, y el Cuerpo de Bomberos Voluntarios de la Ciudad de Montecarlo ha emitido informe sobre los alcances del siniestro en cuestión;
Que, el incendio ha afectado parte de las instalaciones y la producción de la mencionada empresa, frente a lo cual es necesaria la intervención del Estado para garantizar la preservación de la fuente laboral;
Que, es facultad de este Concejo establecer medidas de tipo fiscal que contribuirán a paliar las consecuencias de las pérdidas sufridas.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTECARLO, MNES.
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A :

ARTÍCULO 1: EXIMIR al contribuyente MADECOR S.A. del pago de la Tasa de Derecho de Higiene y Seguridad por el periodo Octubre 2008 a Marzo 2009, como medida fiscal de contingencia ante el siniestro acontecido.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO 2: FACULTAR al D.E.M. a que mediante resolución fundada prorrogue el periodo de exención por el plazo de hasta seis meses más, debiendo elevar el instrumento administrativo al H.C.D. para su conocimiento.- - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO 3: Las exenciones acordadas en los artículos precedentes de la presente ordenanza serán aplicables previa presentación de la Empresa MADECOR S.A. de un Plan de Contingencia, y en tanto y en cuanto se apliquen medidas de mantenimiento de la fuerza laboral.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO 4: REGÍSTRESE, comuníquese al D.E.M. a los fines establecidos en el Artículo 80, inciso 11 y 12 de la C.O.M., a la Empresa MADECOR S.A. dése a conocer y cumplido, ARCHIVESE. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - -

ORDENANZA 72-08 No innovar Loteo Volz

Montecarlo, Mnes. 09 de diciembre de 2008

ORDENANZA Nº 72 / 2008.-

VISTO: El loteo de tierras correspondiente a la Manzana 119, de la sección 008 (Loteo Völz); y,

CONSIDERANDO:
Que, la citada manzana se encuentra ubicada en proximidades del Arroyo Bonito, en una zona baja considerada humedal o bañado;
Que, según el mapa hidrográfico proporcionado por el D.E.M., el mencionado predio se encuentra atravesado por nacientes e hilos de agua;
Que, en esas condiciones ambientales, el emplazamiento de viviendas en el lugar se torna inviable, ya que el tipo de suelo y la topografía resultan inadecuados para ese fin;
Que, hay antecedentes de medidas similares adoptadas con otros emprendimientos de parecidas características (Ord. 31/06);
Que, es facultad de este cuerpo legislativo, legislar acorde a lo previsto por el artículo 27, inciso 30 de la Carta Orgánica Municipal.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTECARLO, MNES.
SANCIONA CON FUERZA DE O R D E N A N Z A :

Artículo 1: DECLARAR zona de no innovar temporaria a la Manzana 119, Sección 008, hasta tanto el propietario realice los trabajos tendientes a tornar el lugar apto para la radicación de viviendas, según las especificaciones técnicas provistas por el Departamento Ejecutivo Municipal, con fundamento en la Emergencia Ambiental descripta en los considerandos.- - - - - - - - - - - - -

Artículo 2: REGÍSTRESE, comuníquese al D.E.M. a los fines establecidos en el Artículo 80, inciso 11 y 12 de la C.O.M. , dése a conocer y cumplido, ARCHIVESE.- - -

DECLARACION 11-08 - 25º Aniversario de la Democracia

Montecarlo, Mnes. 10 de diciembre de 2008

DECLARACIÓN Nº 11 / 2008.-

VISTO:
El 25º Aniversario de la recuperación de la Democracia en la República Argentina; y,

CONSIDERANDO:
Que, la fecha es un hito fundamental de la Historia Argentina, al cumplirse 25 años de democracia ininterrumpida;
Que, el 10 de diciembre de 1983, el pueblo argentino dejaba atrás la dictadura más sanguinaria y violenta de la vida de la Nación;
Que, es un momento para rescatar la memoria de los 30.000 desaparecidos, de los exiliados, los torturados, los excluidos, que marcan a nuestro pueblo el camino del Nunca Más;
Que, con aciertos y errores, en el transcurrir de estos 25 años, y aún cuando la democracia tiene deudas pendientes, es el sistema que permite avanzar con mayor igualdad y libertad;
Que, el ejercicio de la memoria es necesario y fundamental para la identidad de los pueblos;
Que, este concejo celebra la oportunidad y el logro de poder construir, desde las distintas fuerzas políticas una Democracia fuerte, participativa, fuertemente comprometida con el desarrollo de la comunidad.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTECARLO, MNES.
D E C L A R A :

ARTÍCULO PRIMERO: De interés Municipal el 25º Aniversario de la Recuperación de la Democracia y la Institucionalidad.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO SEGUNDO: Invítase a los medios de comunicación, instituciones, y a la comunidad en general, a llevar adelante actividades conmemorativas de los veinticinco años de democracia ininterrumpida.- - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO TERCERO: REGÍSTRESE; Comuníquese al D.E.M. a los fines pertinentes, Dese a conocer y cumplido, ARCHÍVESE. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

RESOLUCIÓN 53-08 Adhesion publicitaria FM Favorito

Montecarlo Mnes., 12 de Diciembre de 2.008.-

RESOLUCIÓN Nº 53/2.008.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE MONTECARLO (MNES.)
R E S U E L V E:

ARTÍCULO PRIMERO: OTORGAR la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($ 150,00-) al Sr. DANIEL RANDAZZO, Coordinador general, Radio F.M. “ FAVORITO ”, en carácter de Auspicio publicitario y salutación por Navidad y Fin de Año 2008; con cinco (5) salidas diarias desde el 15 de Diciembre al 15 de Enero de 2009 inclusive. Emisión a propalar por Radio F.M. Favorito LRH 719, de nuestra ciudad.- - - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO SEGUNDO: AFECTAR a la partida presupuestaria del H.C.D., para el pago del costo de lo determinado en artículo precedente.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO TERCERO: REGÍSTRESE, Comuníquese al DEM a los fines pertinentes, al beneficiario de la presente, Dese a conocer y Cumplido, ARCHÍVESE.- - - - - - - - - - - - - - - - -

FUNDAMENTOS:

VISTO Y CONSIDERANDO:
Propuesta publicitaria realizada por el Sr. Daniel Randazzo, presupuesto adhesiones por las fiestas de Navidad y Fin de año 2008.
Que, es propicio el saludo a la población por los días festivos, y al mismo tiempo instarlos al logro del bienestar general, aportando cada uno lo mejor de si.-

RESOLUCIÓN 52-08 Adhesion publicitaria FM Cielo

Montecarlo Mnes., 12 de Diciembre de 2.008.-

RESOLUCIÓN Nº 52 / 2.008.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE MONTECARLO (MNES.)
R E S U E L V E:

ARTÍCULO PRIMERO: OTORGAR la suma de PESOS TRESCIENTOS ($ 300,00-) al Sr. JULIO CESAR BARRETO, Responsable Multimedio Radio F.M. “ CIELO” y Semanario “ LA REGION”, en carácter de Auspicio publicitario y salutación por Navidad y Fin de Año 2008; con cinco (5) salidas diarias desde el 17 de Diciembre al 01 de Enero de 2009 inclusive. Emisión a propalar por Radio F.M. Cielo y semanario La Región y su gente…en formato de 10 X 4,5 cm., color, con salidas el martes 23 y martes 30 de diciembre de 2008.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO SEGUNDO: AFECTAR a la partida presupuestaria del H.C.D., para el pago del costo de lo determinado en artículo precedente.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO TERCERO: REGÍSTRESE, Comuníquese al DEM a los fines pertinentes, al beneficiario de la presente, Dese a conocer y Cumplido, ARCHÍVESE.- - - - - - - - - - -


FUNDAMENTOS:

VISTO Y CONSIDERANDO:
Propuesta publicitaria realizada por el Sr. Julio C. Barreto, y remisión de un presupuesto por adhesiones por las fiestas de Navidad y Fin de año 2008; Que, corresponde el saludo a la población por los días festivos, y al mismo tiempo transmitir el deseo de bienestar para todos.-

viernes, 12 de diciembre de 2008

RESOLUCIÓN 51-08 Aporte económico para Hogar ancianos - Compra ladrillos

Montecarlo Mnes., 12 de Diciembre de 2.008.-

RESOLUCIÓN Nº 51 / 2.008.-

VISTO:
La necesidad de instalar una sala de enfermería en el predio del Hogar de Ancianos de nuestra localidad; y,

CONSIDERANDO:
Que, la mencionada obra, cubriría una sentida necesidad de los adultos mayores residentes en el Hogar;
Que, es deber del Estado garantizar la protección de los ancianos/as, máxime cuando pertenecen a sectores desfavorecidos;
Que, este H.C.D. ha resuelto en la sesión Nº 44 del día 10 de diciembre de 2008 realizar un aporte a dicha institución de servicio;
Que, la decisión es coincidente con el mandato de la Carta Orgánica Municipal: Artículo 27, inciso 33.-

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE MONTECARLO (MNES.)
R E S U E L V E :

ARTÍCULO PRIMERO: OTORGAR un Subsidio de PESOS NOVESCIENTOS ( $ 900 ) al Hogar de Ancianos “ San Roque” de Montecarlo, en la persona de su Presidenta Estrella Algamiz, destinado a la compra de mil ladrillos huecos para la construcción de una Sala de Enfermería en el predio de dicho hogar.-

ARTÍCULO SEGUNDO: IMPUTAR la erogación citada en el artículo precedente, a la Partida Presupuestaria correspondiente al H.C.D.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO TERCERO: REGÍSTRESE, Comuníquese al D.E.M. a los fines pertinentes, a la entidad beneficiada, Dese a conocer y Cumplido, ARCHÍVESE.- - - - - - - - - - - - - -

RESOLUCIÓN 50-08 Designación autoridades del HCD

Montecarlo Mnes., 11 de Diciembre de 2008.-

RESOLUCIÓN Nº 50/2.008.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE MONTECARLO (MNES.)
R E S U E L V E:

ARTÍCULO PRIMERO: DESIGNAR en el cargo de PRESIDENTE del H.C.D. de Montecarlo, al Concejal MELGAREJO GONZALEZ, Oscar Luis, DNI Nro. 14.595.965 a partir del 10/12/2.008 y por el término de Un (1) año. (Art. 8 Reg. Interno HCD ).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO SEGUNDO: DESIGNAR en el cargo de VICEPRESIDENTE PRIMERO del H.C.D. al Sr. Concejal CHILAVERT, Secundino –DNI Nº 18.645.059, a partir del 10/12/2.008 y por el término de Un (1) año. (Art. 8 Reg. Interno HCD ).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO TERCERO: DESIGNAR en el cargo de VICEPRESIDENTE SEGUNDO del H.C.D. al Sr. Concejal LOVATO, Jorge Adan, D.N.I. Nro. 22.485.847, a partir del 10/12/2.008, y por el término de Un (1) año.- (Art.8 Reg. Interno HCD.)- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO CUARTO: REGÍSTRESE, elévese copias al H. Tribunal de Cuentas, Al Superior Tribunal de Justicia, al Poder Ejecutivo Provincial, a la Honorable Cámara de Representantes de la Provincia de Misiones y al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Montecarlo, notifíquese a los nombrados, y cumplido ARCHÍVESE.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

FUNDAMENTOS:

VISTO Y CONSIDERANDO:
La necesidad de dar cumplimiento a lo estatuido en los artículos 6º y. 8º del Reglamento Interno (RI) de este Honorable Concejo Deliberante.
Que, las designaciones precedentes, se han asumido por decisión de la mayoría, según constan en el Acta Nro. 44/2.007 -Sesión Extraordinaria- de fecha 10/12/2.008. –

RESOLUCIÓN 49-08 Adhesion publicitaria Multimedios El Pueblo

Montecarlo Mnes., 09 de Diciembre de 2.008.-

RESOLUCIÓN Nº 49/2.008.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE MONTECARLO (MNES.)
R E S U E L V E:

ARTÍCULO PRIMERO: OTORGAR la suma de PESOS TRESCIENTOS ($ 300,00-) al Sr. JOSE MIGUEL LEVY, Responsable Multimedio EL PUEBLO, en carácter de Auspicio publicitario y salutación por Navidad y Fin de Año 2008; con cinco (5) adhesiones diarias desde el 18 de Diciembre al 01 de Enero de 2009 inclusive. Emisión a propalar por Radio F.M. El Pueblo y semanario homónimo.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO SEGUNDO:
AFECTAR a la partida presupuestaria del H.C.D., para el pago del costo de lo determinado en artículo precedente.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO TERCERO: REGÍSTRESE, Comuníquese al DEM a los fines pertinentes, al beneficiario de la presente, Dese a conocer y Cumplido, ARCHÍVESE.- - - - - - - - - - - - - - - - -

FUNDAMENTOS:

VISTO Y CONSIDERANDO:
Propuesta publicitaria realizada por el Sr. Levy, José Miguel, presupuesto adhesiones por las fiestas de Navidad y Fin de año 2008.
Que, corresponde el saludo a la población por los días festivos, alentándolos al aporte permanente al bienestar general.-

RESOLUCIÓN 48-08 Adhesión publicitaria - Demetrio Martinez

Montecarlo Mnes., 09 de Diciembre de 2.008.-

RESOLUCIÓN nº 48/2.008.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE MONTECARLO (MNES.)
R E S U E L V E:

ARTÍCULO PRIMERO: OTORGAR la suma de PESOS TRESCIENTOS ($ 300,00-) al Sr. DEMETRIO MARTINEZ, DNI N° 11.854.431, en carácter de Auspicio publicitario de los 15 años del programa Televisivo local “ Descubriendo Montecarlo”, creado y conducido por el nombrado por el canal de cable de nuestra ciudad; Canal 5 Montecarlo Visión Color.- - - - - - - -

ARTICULO SEGUNDO: AFECTAR a la partida presupuestaria del H.C.D., para el pago del costo de lo determinado en artículo precedente.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO TERCERO: REGÍSTRESE, Comuníquese al DEM a los fines pertinentes, al beneficiario de la presente, Dese a conocer y Cumplido, ARCHÍVESE.- - - - - - - - - - - - - - - - -

FUNDAMENTOS:

VISTO Y CONSIDERANDO:
La propuesta publicitaria realizada por el Sr. Demetrio Martínez, en promoción y festejo de los 15 años de emisión ininterrumpida del popular programa televisivo “Descubriendo Montecarlo”.
Que, en su oportunidad, este Honorable Concejo ha Declarado de Interés municipal, el material fílmico del programa que contiene valiosos aportes a nuestra historia y cultura de nuestra comunidad.
Que, este H.C.D., desea efectuar su aporte a tan importante acontecimiento, que se ha afianzado y arraigado al Pueblo Montecarlense a través de los años, con el esfuerzo, sinceridad y estilo propio del conductor.

RESOLUCIÓN 47-08 Aporte combustible para CUT - Traslado de antorcha

Montecarlo Mnes., 09 de Diciembre de 2.008.-

RESOLUCIÓN Nº 47/2,008.-

VISTO:
La petición formulada por la Comisión de Unificación de Ternas “Adalides Deportivos” de esta ciudad, por un aporte económico para solventar gastos en el traslado de la Antorcha Olímpica; y,

CONSIDERANDO:
Que, el traslado de la “flama olímpica” que determina el inicio de las entregas de los premios “adalides deportivos” a los destacados del deporte local, se concretará por el río Paraná desde Montecarlo hasta Posadas y, desde ésta, hasta nuestra ciudad por la Ruta Nac. 12. Que, dicho evento se denominará “antorcha Adalides 2.008, por un Aire Puro” y participarán atletas de distintas disciplinas deportivas de nuestra localidad y ciudades vecinas.
Que, para prever la seguridad necesaria a los deportistas participantes, se dispondrán de móviles como apoyos logísticos durante todo su recorrido, tanto por vía fluvial y terrestre.
Que, este H.C.D. desea realizar su aporte en la travesía prevista para el traslado de la antorcha, del máximo evento deportivo de nuestra ciudad.
POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE MONTECARLO (MNES.)
RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: OTORGAR un aporte equivalente en CIEN (100) Litros de Combustible a la Comisión de Unificación de Ternas “Adalides Deportivos” de esta ciudad, destinado a contribuir con parte de los gastos que demanda el traslado de la “ANTORCHA ADALIDES 2.008, por un Aire Puro”, a realizarse los días 12, 13 y14 de diciembre del Cte. Año.- - - - - - - - -

ARTÍCULO SEGUNDO: IMPUTAR la erogación precedente, a la Partida Presupuestaria del H.C.D.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO TERCERO: REGÍSTRESE, Comuníquese al D.E.M. a los fines pertinentes, a los beneficiarios, Dese a conocer y Cumplido, ARCHÍVESE.- - -

RESOLUCIÓN 46-08 Licencia Anual intendenta y viceintendente

Montecarlo, Mnes. 09 de diciembre de 2008

RESOLUCIÓN Nº 46 / 2008

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE MONTECARLO (MNES.)
R E S U E L V E:

ARTÍCULO PRIMERO: ACUÉRDASE Licencia Anual Ordinaria a la Titular del Departamento Ejecutivo Municipal, Sra. ELBA NOEMI AUZMENDI, por el término de treinta (30) días corridos, a computarse a partir del 02/01/2.009 y hasta el 31/01/2.009, inclusive.-

ARTÍCULO SEGUNDO: ACUÉRDASE Licencia Anual Ordinaria al Vice Intendente Municipal, Sr. GUILLERMO AICHELER, por el término de treinta (30) días corridos, a computarse a partir del día 01/02/2.009 y hasta el 01/03/2.009, inclusive. - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO TERCERO: REGÍSTRESE, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los Funcionarios precitados, Dese a conocer y cumplido ARCHÍVESE.- - -

FUNDAMENTOS:

VISTO:

La petición formulada por el DEM., solicitando la autorización para el usufructo del beneficio de la Licencia Anual Ordinaria del Intendente y Vice intendente Municipal; y,

CONSIDERANDO:
Que, acorde a lo preceptuado en el Artículo 80, inciso 21, apartado a) de la Carta Orgánica Municipal, es derecho del Intendente, usufructuar licencia con goce de haberes, por 30 días corridos, coincidentes con el período de feria administrativa;
Que, similar derecho corresponde al Sr. Viceintendente municipal;
Que, es atribución del Órgano Legislativo Municipal, considerar las Licencias solicitadas por el Intendente y Vice, tal lo dispuesto en el Artículo 27, inc.15, de nuestra Carta Magna.