lunes, 30 de marzo de 2009

Ordenanza 10/09 - Aprobacion Factibilidad 20 viviendas Barrio Parodi

Montecarlo Misiones, 27 de Marzo de 2.009.-

ORDENANZA Nº 10 / 2009.-

VISTO:
La nota recibida Nº 32/09 remitida por el Departamento Ejecutivo Municipal de Montecarlo, que acompaña a Carpeta Técnica y Memoria Descriptiva, referente a LICITACIÓN PRIVADA N° MV-T 67/08 Obra “10 VIVIENDAS para TAREFEROS- MONTECARLO I PFMV 473” y LICITACIÓN PRIVADA N° MV-T 68/08 Obra “10 VIVIENDAS para TAREFEROS- MONTECARLO II PFMV 474; y,

CONSIDERANDO:
Que, en el momento que se vive de una crisis económica general, la inversión en construcción de viviendas viene a suplir por un lado la ocupación de mano de obra ociosa y por otro, el déficit habitacional de las familias tareferas de nuestra comunidad.
Que, analizada, la memoria descriptiva y especificaciones de obra, se ajustan a las condiciones técnicas a las implementadas para este tipo de plan habitacional, impulsado por el Gobierno Pcial.
Que, es atribución de este Órgano Legislativo Municipal, facultado por la CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL (C.O.M.), analizar y aprobar estas ejecuciones de viviendas, edificaciones y otros; sin detrimento de la atribución exclusiva otorgada por Ordenanza Nº 14/91.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE MONTECARLO ( Mnes.)
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A :

ARTÍCULO 1ro.: APROBAR, la construcción del Conjunto Habitacional barrio de “DIEZ (10) VIVIENDAS PARA TAREFEROS- MONTECARLO I- PFMV 473”, autorizado por la Licitación Privada N° MV-T 67/08, llamada por el I.Pro.D.Ha, a ser edificada por la Empresa CABUREI S.R.L., sobre el Lote identificado según Plano de Mensura nº 14339 Dep 12- Mun 53- Sec. I- Chac 0000- Parcela 107 B de este Municipio.- - - - - - -

ARTÍCULO 2do.: APROBAR, la construcción del Conjunto Habitacional barrio de “DIEZ (10) VIVIENDAS PARA TAREFEROS- MONTECARLO II- PFMV 474”, autorizado por la Licitación Privada N° MV-T 68/08, llamada por el I.Pro.D.Ha, a ser edificada por la Empresa CABUREI S.R.L., sobre el Lote identificado según Plano de Mensura nº 14339 Dep 12- Mun 53- Sec. I- Chac 0000- Parcela 107 B de este Municipio.- - - - - - -

ARTÍCULO 3ro.: FACULTAR AL D.E.M., para que provea los medios y garantice la conexión entre las calles internas del barrio previsto, a los fines de facilitar la circulación de rodados, de distintos portes.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO 4to. ENCOMENDAR al D.E.M., que por medio de su Departamento Técnico, efectivice el Contralor, y verificaciones de obra, concordante en un todo con las Especificaciones técnicas de referencia.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO 5to.: REQUERIR al D.E.M. la elevación al H.C.D., de copia de la carpeta técnica visada, con todos sus elementos, para su conocimiento y conformación de Archivo.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO 6to.: REGÍSTRESE, comuníquese al D.E.M., a la Empresa adjudicada, dese a conocer, y cumplido, ARCHÍVESE.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Ordenanza 07/09 - Corrección ordenanza 56/08, datos catastrales

Montecarlo Misiones, 27 de Marzo de 2.009.-

ORDENANZA Nº 09 / 2009.-

VISTO:
La sanción de la Ordenanza N° 56/2008 de fecha 24/10/08 por la cual se acepta la donación ofrecida por el Sr. EDUINO ARTURO ZWEIFEL, de un lote ubicado en el Barrio Los Laureles de esta ciudad; y,

CONSIDERANDO:
Que, el lote en cuestión fue cedido por su propietario a la Municipalidad, para su posterior donación a la Gendarmería Nacional, subsanando así una necesidad de la localidad en general y de dicha fuerza en particular;
Que, como contraparte, el Concejo Deliberante ha decidido eximir del pago de la tasa general de inmuebles a otros lotes propiedad de la familia Zweifel;
Que, el D.E.M., mediante nota cursada en fecha 20-03-09, solicita corrección del instrumento citado atento a la necesidad de rectificar los datos catastrales de los lotes a los cuales se exime del pago de la tasa general de inmuebles;
Que, el Concejo Deliberante acuerda la modificación de la Ordenanza 56/08, según consta en el Acta Nº 05/09, de fecha 26 de Marzo de 2009.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTECARLO
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A :

ARTÍCULO 1ro.: MODIFICASE el Artículo 3ro. de la Ordenanza N° 56/08, de fecha 24 de Octubre de 2008, que quedará redactado de la siguiente manera: “LIBERAR del pago en concepto de Tasa General de Inmuebles a los Lotes Nº 8, 9 y 10 de la Mz. F, y al Lote de la Partida Inmobiliaria 13901, por el término de diez (10) años, a partir del ejercicio fiscal 2009”. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO 2do.: REGÍSTRESE, comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, al Sr. Eduino Arturo Zweifel, publíquese y cumplido, ARCHÍVESE.- - - - - - - - - - - - - -

Ordenanza 08/09 - Factibilidad 60 viviendas Barrio Pablo Franke

Montecarlo Misiones, 27 de Marzo de 2.009.-

ORDENANZA Nº 08 / 2009.-

VISTO:
La propuesta remitida por el D.E.M., acompañando la Carpeta Técnica y Memoria Descriptiva, referente a LICITACIÓN PUBLICA N° 97/08 Obra “60 VIVIENDAS e INFRAESTRUCURA”, convocada por el IPRODHA, adjudicada a la Empresa NORTEC CONSTRUCCIONES SRL- ; y,

CONSIDERANDO:
Que, ante la crisis económica general imperante, la inversión en construcción de viviendas viene a suplir la escasez de la mano de obra ociosa y permite, además, contrarrestar el déficit habitacional de las familias Montecarlenses;
Que, la memoria descriptiva y especificaciones de obra, se ajustan a los requerimientos y condiciones técnicas para la implementación de planes habitacionales, impulsados por el Gobierno Provincial;
Que, es atribución de este H.C.D., aprobar emplazamientos de este tipo, según lo establece la Carta Orgánica Municipal (C.O.M.); sin detrimento de la atribución exclusiva otorgada por Ordenanza Nº 14/91.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE MONTECARLO ( Mnes.)
SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A :

ARTÍCULO 1ro.: APROBAR la construcción del Conjunto Habitacional “SESENTA (60) VIVIENDAS E INFRAESTRUCTURA”, autorizado por la Licitación Pública N° 97/08, convocada por el I.Pro.D.Ha, a ser edificada por la Empresa NORTEC CONSTRUCCIONES S.R.L., sobre una Fracción del Lote R1 (53 E), Remanente de la Mensura 29.907 de este Municipio.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO 2do.: FACULTAR AL D.E.M., para que provea los medios y garantice la conexión entre las calles internas del barrio previsto, a los fines de facilitar la circulación de rodados, de distintos portes.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO 3ro. ENCOMENDAR al D.E.M., que por medio de su Departamento Técnico, efectivice el Contralor, y verificaciones de obra, concordante en un todo con las Especificaciones técnicas de referencia.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO 4to.: REQUERIR al D.E.M. la elevación al H.C.D., de copia de la carpeta técnica visada, con todos sus elementos, para su conocimiento y conformación de Archivo.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO 5to.: REGÍSTRESE, comuníquese al D.E.M., a la Empresa adjudicada, dese a conocer, y cumplido, ARCHÍVESE.- - - - - - - - - -

Ordenanza 07/09 - Factbilidad 40 viviendas Barrio Bonito

Montecarlo Misiones, 27 de Marzo de 2.009.-

ORDENANZA Nº 07 / 2009.-

VISTO:
La Nota Recibida Nº 32/09 remitida por el Departamento Ejecutivo Municipal de Montecarlo, que acompaña a Carpeta Técnica y Memoria Descriptiva, referente a LICITACIÓN PÚBLICA N° 08/08 Obra “40 VIVIENDAS E INFRAESTRUCTURA MONTECARLO II; y,

CONSIDERANDO:
Que, en momentos en que se vive una crisis económica generalizada, la inversión en construcción de viviendas viene a suplir por un lado la ocupación de mano de obra ociosa y por otro, el déficit habitacional de la comunidad;
Que, la ubicación geográfica propuesta garantiza la prestación de los servicios básicos (Luz, Agua, Teléfono, Transporte, Escuelas, etc.);
Que, analizada, la memoria descriptiva y especificaciones de obra, no se encuentran impedimentos para autorizar su ejecución;
Que, es atribución del HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, facultado por los Articulados pertinentes de la CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL, entender, analizar y aprobar, entre otros, planes de viviendas, edificaciones y otros; Amén de la atribución exclusiva otorgada por Ordenanza Nº 14/91.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE MONTECARLO ( Mnes.)
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A :

ARTÍCULO 1ro.: APROBAR la construcción del Conjunto Habitacional Barrio de Cuarenta (40) viviendas e Infraestructura Montecarlo II-Misiones correspondiente a la Licitación N° 08/08, llamada por el I.Pro.D.Ha , a edificar por la Empresa CONCRET S.R.L, sobre el Lote 5- PARCELA 66 PLANO DE MENSURA Nº 29.796 D.G.C.- de este Municipio.- - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - -- - - -

ARTÍCULO 2do.: FACULTAR AL D.E.M., para que provea los medios y garantice la conexión entre las calles internas del barrio previsto, a los fines de facilitar la circulación de rodados, de distintos portes.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO 3ro. ENCOMENDAR al D.E.M., que por medio de su Departamento Técnico, efectivice el Contralor, y verificaciones de obra, concordante en un todo con las Especificaciones técnicas de referencia.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO 4to.: REQUERIR al D.E.M. la elevación al H.C.D., de copia de la carpeta técnica visada, con todos sus elementos, para su conocimiento y conformación de Archivo.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO 5to.: REGÍSTRESE, comuníquese al D.E.M., a la Empresa adjudicada, dese a conocer, y cumplido, ARCHÍVESE.- - - - - - - - - - - - - - - - - -

Ordenanza 06/09 - Autorizacion al DEM a celebrar contrato con Servicios Comunales SA

Montecarlo Misiones, 27 de Marzo de 2.009.-

ORDENANZA Nº 06 / 2009.-

VISTO:
La propuesta de suscripción de un contrato de locación de servicios entre el Municipio y la Empresa Servicios Comunales S.A. para cobro de tasas; y,

CONSIDERANDO:
Que, el objetivo del presente contrato es la ejecución y cobro de gravámenes municipales, a nuevos contribuyentes no residentes en la localidad;
Que, con la implementación de este mecanismo de cobro, se contribuirá al aporte de un nuevo recurso a fin de ampliar la base contributiva del Municipio y mejorar la recaudación municipal;
Que, es competencia exclusiva de este H.C.D., aprobar actos administrativos de esta índole, según lo establece el Artículo 27º, inc. 9) de la Carta Orgánica Municipal (C.O.M.).

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE MONTECARLO (MNES.)
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A :

ARTÍCULO 1ro.: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal (D.E.M.) la suscripción del CONTRATO DE SERVICIOS con la Empresa “Servicios Comunales S.A.” para el cobro de algunas tasas municipales a nuevos contribuyentes, no residentes en nuestra ciudad, en un todo acorde al Modelo de Contrato que con sus Ocho (8) artículos, como ANEXO I, forma parte del presente instrumento.- - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO 2do.: REGÍSTRESE, Comuníquese al D.E.M., a los fines previstos en el Art. 80º inc. 1º1 y 12 de la C.O.M., a la Empresa interviniente, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Cumplido, ARCHÍVESE. - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - -


ANEXO I

CONTRATO DE SERVICIOS

En la Localidad de Montecarlo, Provincia de Misiones, a los….días del mes de……….. del año 2009, entre la Municipalidad de Montecarlo, C.U.I.T. Nº 30-6724695-4, representada en este acto por la Señora Intendente Municipal Elba Noemí Auzmendi, DNI Nº 11.776.386, por una parte, en adelante llamada ‘’La Municipalidad’’ y por la otra, Servicios Comunales S.A., representada por su apoderado Señor Gustavo Néstor Calamari, DNI Nº 21.417.079, con domicilio constituido en calle Montevideo Nº 2.420, Piso 6º, de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, denominada en adelante ‘’La Empresa’’, convienen en celebrar el presente Contrato de Servicios, bajo las modalidades y condiciones que se establecen en los artículos siguientes:

Artículo 1º.- ‘’La Municipalidad’’ contrata a ‘’La Empresa’’ y esta se compromete a realizar los ‘’Trabajos de Relevamiento Verificación, Constatación, Determinación, Liquidación, Seguimiento, Gestión de Cobranza y Ejecución Judicial a los responsables de Gravámenes, Derechos de Ocupación o Uso de Espacios Públicos, Publicidad y Propaganda, Habilitación e Inspección de Antenas y sus estructuras soportes y portantes’’ ajustándose a las normativas vigentes.

Artículo 2º.- Las partes de común acuerdo, establecen que el Plazo de duración del presente Contrato será de cuatro (4) años, contados a partir de la firma del mismo. Cumplido el plazo previsto, ‘’La Empresa’’continuará con las gestión administrativa de los relevamientos; como así también con la gestión del cobro administrativo y/o judicial de los mismos y de los apremios iniciados con anterioridad al vencimiento del plazo establecido precedentemente.

Artículo 3º.- Como única retribución por los Servicios de ‘’La Empresa’’ ‘’La Municipalidad’’ abonará a la misma una suma de dinero equivalente al cuarenta y ocho por ciento (48 %) de lo efectivamente ingresado a la Municipalidad como consecuencia del presente contrato. No serán admisibles reclamos de aumentos durante toda la vigencia del contrato.

Artículo 4º.- Una vez concluido el plazo del presente contrato, ‘’La Empresa’’ tendrá derecho a percibir el porcentaje previsto en el articulo 3° por los servicios efectivamente realizados al momento del vencimiento del contrato con el trámite administrativo y/o judicial iniciado.

Articulo 5º.- La Municipalidad, a través del área de administración pertinente y una vez acreditado el pago gestionado por La Empresa, se obliga, en el término de cinco (5) días inmediato posterior, a realizar la liquidación y efectivizar el pago de honorarios que correspondiere de acuerdo al artículo 3° del presente contrato.

Artículo 6º.- La contratación se extinguirá a criterio de la Municipalidad, cuando haya denunciado incumplimiento de las obligaciones establecidas y por parte de la Empresa cunado haya denunciado incumplimiento por parte de La Municipalidad que le impidan cumplir eficazmente con el objeto del contrato y no hubiese sido subsanado por la misma.

Artículo 7º.- Al solo fin del pago del impuesto a los sellos se determina el monto del presente contrato en la suma de pesos quince mil ($ 15.000.-) sin que por ello se restrinja el alcance del Artículo 3º del presente contrato.

Articulo 8º.- A los efectos de la aplicación del presente contrato las partes constituyen los siguientes domicilios legales: a) La Municipalidad en la sede central declarada, b) La Empresa en la Avenida Juan Manuel de Rosas Nº 6315, 2º Piso, de la Ciudad de Posadas, Provincia de Misiones. En el lugar y fecha indicada y por las partes intervinientes se firman para constancia del acto y en prueba de conformidad tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

Declaración 03-09 - Emergencia Hidrica en Montecarlo

Montecarlo Misiones, 27 de Marzo de 2.009.-

DECLARACIÓN Nº 03 / 2009.-

VISTO:
La actual situación que se plantea en la localidad de Montecarlo, por la sequía existente, que resulta en la merma del caudal de los arroyos (fuente de captación de aguas para satisfacer las necesidades de agua potable de la población); y,

CONSIDERANDO:
Que, hasta tanto mejore la situación climática que resulta condicionante para la obtención del agua potable de la localidad, deben extremarse los cuidados y medidas de ahorro en el consumo;
Que, es necesario promover el uso racional y equitativo del recurso hídrico, no sólo en circunstancias como la presente, sino también como forma de asegurar la satisfacción de las necesidades de las generaciones futuras;
Que, actividades tales como el lavado de vehículos, veredas y el riego de parques y jardines deberían ser evitados en momentos como el presente, toda vez que el agua potable es un recurso social y limitado;
Que, en consonancia con el proceso de sequía vivido, aumentan las probabilidades de incendios;
Que, es de extrema necesidad, importancia y urgencia que toda la población de Montecarlo tome conciencia y realice un uso racional del agua, y evite todo posible foco de incendio.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTECARLO (MNES.)
D E C L A R A :

PRIMERO: La EMERGENCIA HÍDRICA Y DE FOCOS DE INCENDIO en el Municipio de Montecarlo, ante la escasez de agua de los afluentes hídricos de la región, y atendiendo a los fundamentos vertidos en el presente instrumento.- - - - - - - - - - - -

SEGUNDO: CONVOCAR a la solidaridad de los habitantes de la comunidad, a los efectos de hacer un uso racional del agua, y evitar todo posible foco de incendio.- - TERCERO: REGÍSTRESE, Comuníquese, al D.E.M., a la Población toda, Dese a Conocer y Cumplido, ARCHÍVESE.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

miércoles, 25 de marzo de 2009

Temario 05/09

ORDEN DEL DIA
SESION ORDINARIA
JUEVES 26 de Marzo de 2009

ACTA Nº 05/09

NOTAS DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL (D.E.M.):
N/R N° 58/09 – D.E.M. eleva solicitud de corrección de ordenanza Nº 56/08 – Aceptación de donación de lote (modificación de los datos catastrales en cuestión)
N/R N° 59/09 – D.E.M. eleva invitación al Acto por el Día de la Afirmación de los Derechos Argentinos sobre las Islas Malvinas.

PROYECTOS PRESENTADOS:
N/R N° 63/09 – Proyecto de Declaración del Bloque del Frente del Reencuentro, referente a Emergencia Hídrica y de Focos de Incendio en Montecarlo.

DESPACHOS DE COMISIÓN:
N/R N° 60/09 – Dictamen de la Comisión I s/ la N/R Nº 535/08 – D.E.M. eleva convenio con Empresa Servicios Comunales SA, referente al cobro de tasas municipales a contribuyentes no residentes en la localidad.
N/R N° 61/09 – Dictamen de la Comisión I s/ la N/R Nº 28/09 – Solicitud de vecina Fidelina Mendez sobre condonación de deuda por Tasa de Higiene y Seguridad.
N/R N° 62/09 - Dictamen de la Comisión I s/ la N/R Nº 32/09 – D.E.M. eleva solicitud de evaluar factibilidad para la localización de viviendas IPRODHA.

Declaración 02/09 - Interés Municipal Documental s/ Felix Escobar

Montecarlo Misiones, 20 de Marzo de 2.009.-

DECLARACIÓN Nº 02 / 2009.-

VISTO:
Las actividades a realizarse en cercanías del 24 de marzo en evocación al día de la Memoria, Verdad y Justicia; y,

CONSIDERANDO:
Que, tal fecha recuerda el momento en que se instauró el Terrorismo de Estado, y el rompimiento del orden democrático en la Argentina, buscándose con ello que se lleven a cabo actividades de reflexión, formación y homenaje a quienes fueron víctimas de este proceso;
Que, un grupo de ciudadanos de esta ciudad, han confeccionado un documental a los fines de explicar el contexto y distintos aspectos de la vida de Félix Escobar, el cual será exhibido como parte de los actos en recordación de los desaparecidos durante la dictadura militar, iniciada en el año 1976;
Que, el material elaborado, va a ser proyectado el día lunes 23 de marzo del año en curso, en las instalaciones del SOIME, en recordación a tan triste y nefasta etapa de la historia argentina;
Que, el film confeccionado con aportes de la Familia de Félix Escobar, del historiador e investigador Prof. Rubén Ortiz, busca contribuir al proceso de rescatar la memoria y, al mismo tiempo, contribuir con la lucha de la verdad y justicia;
Que, este trabajo documental representa un homenaje a una familia que marcó el camino en la lucha de la verdad y, por otro lado, es considerado como un valioso aporte a nuestra comunidad a fin de que todos puedan conocer su historia para posibilitar y hacer realidad la expresión “...para NUNCA MÁS, mirar hacia otro lado…”
Que, el estado municipal, no puede estar ausente en acontecimientos de esta índole, donde ciudadanos de esta localidad trabajan cotidianamente por la libertad, por la paz y la justicia.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTECARLO (MNES.)
D E C L A R A :

PRIMERO: DECLARAR DE INTERES MUNICIPAL la confección y proyección del trabajo-documental elaborado por un grupo de ciudadanos denominado “FELIX ESCOBAR, UN CAMINAR CON COMPROMISO, por Memoria, Verdad y Justicia”, que se proyectará en las instalaciones del SOIME, el día lunes 23 de Marzo del año en curso, a partir de las 20.00 hs., como parte de los actos previstos para el 24 de marzo- Día por la Memoria, la verdad y la Justicia.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

SEGUNDO: REGÍSTRESE; Comuníquese al D.E.M. a los fines pertinentes, a los organizadores, Dese a conocer y cumplido, ARCHÍVESE. - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Comunicación 07/09 - Aumento de becas de pasajes a alumnos de escasos recursos

Montecarlo Misiones, 20 de Marzo de 2.009.-

COMUNICACIÓN Nº 07 / 2009.-

VISTO:
La necesidad de garantizar que los niños/as y adolescentes de la localidad de Montecarlo puedan asistir a las escuelas, con independencia de su situación económica; y,

CONSIDERANDO:
Que, deben reforzarse las medidas que tienden a proteger a quienes se encuentran en situación más vulnerable;
Que, la inclusión educativa requiere ser asegurada desde distintos sectores y estamentos del gobierno;
Que, en este sentido, el otorgamiento de becas de pasajes llevado a cabo por la Municipalidad, es un elemento fundamental en tiempos de crisis social, tal la vivida en la actualidad.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTECARLO, MNES.
C O M U N I C A :

PRIMERO: Vería con agrado que el D.E.M., a través del área correspondiente, incremente la cantidad de pasajes escolares otorgados a alumnos/as de la localidad de Montecarlo, de tal manera que se cubra la totalidad de los días hábiles del mes. Se de especial importancia a los casos de aquellos estudiantes que se encuentran en situaciones de mayor riesgo social y/o deban trasladarse desde o hacia las zonas suburbana y rural para asistir a clases. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

SEGUNDO: REGÍSTRESE, Comuníquese al D.E.M. a los fines pertinentes, Dese a conocer y Cumplido, ARCHÍVESE. - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Comunicación 06/09 - Incorporar al Programa de Emergencia Alimentaria a Trabajadores de PARANANENSE SA

Montecarlo Misiones, 20 de Marzo de 2.009.-

COMUNICACIÓN Nº 06 / 2009.-

VISTO:
La solicitud expuesta por un grupo de obreros de la empresa maderera PARANAENSE S.A. de esta ciudad, en la que plantean la difícil situación en que se encuentran por el cese de la actividad laboral; y,

CONSIDERANDO:
Que, este grupo de trabajadores, se encuentran en un proceso conflictivo con dicha empresa, con un probable pase a una situación de despido, sin que se abonen las correspondientes indemnizaciones;
Que, los trámites para la percepción de los fondos de desempleo, otorgados por el Estado en estos casos, conllevan tiempo de espera, máxime cuando las circunstancias laborales aún no se encuentran definidas;
Que, estos ciudadanos de Montecarlo, necesitan de la asistencia del Estado Municipal, hasta la definición del conflicto precitado, mediante la provisión de víveres y otros que les permitan la alimentación y subsistencia familiar;
Que, el Municipio de Montecarlo, ha declarado la EMERGENCIA ALIMENTARIA durante el presente ejercicio, mediante la sanción de la ORDENANZA Nº 01/09 de fecha 20 de febrero/09;
Que, estas familias Montecarlenses, se encuentran dentro de las condiciones especificadas en el artículo 4to. del citado instrumento, para ser incorporados como potenciales destinatarios del programa de emergencia alimentaria;
Que, corresponde a los Funcionarios de turno, velar por la salud y la prevención de las carencias alimentarias de la población.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTECARLO (MNES.)
C O M U N I C A :

PRIMERO: VERIA CON AGRADO que el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) INCLUYA a las Familias de la empresa PARANAENSE S.A. de esta ciudad, según listado adjunto a la presente, al PROGRAMA DE EMERGENCIA ALIMENTARIA, aprobado por Ordenanza Nº 01/09 de este H.C.D.; atendiendo a los fundamentos en el presente instrumento.- - - - - - - - - -

SEGUNDO: REGÍSTRESE; Comuníquese al D.E.M. a los fines pertinentes, Dese a conocer y cumplido, ARCHÍVESE. - - - - - - - - - - - - - - - - -

Comunicacion 05/09 - Control sobre transporte publico pasajeros

Montecarlo Misiones, 20 de Marzo de 2.009.-

COMUNICACIÓN Nº 05 / 2009..-

VISTO Y CONSIDERANDO:
La facultad del Estado Municipal de regular y controlar el correcto funcionamiento de los servicios públicos, entre los cuales se halla el de transporte público de pasajeros;
Que, se han recibido expresiones de ciudadanos/as respecto de que las empresas concesionarias de dicho servicio en el ejido municipal, estarían incumpliendo los horarios pautados, así como que se estarían realizando redondeos sobre las tarifas autorizadas para cada línea;
Que, las condiciones sobre las que se establecieron las concesiones del servicio se hallan claramente especificadas, siendo deber del Municipio controlar el correcto cumplimiento de las mismas.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTECARLO, MNES.
C O M U N I C A :

PRIMERO: Vería con agrado que el D.E.M. – a través del cuerpo municipal de inspectores- realice controles periódicos a los fines de verificar el cumplimiento por parte de las empresas concesionarias del transporte público de pasajeros de Montecarlo, respecto de los siguientes ítems:
- Acatamiento de los horarios determinados por la Ordenanza Nº33/2003
- Observancia de las tarifas vigentes para los distintos recorridos, atento al hecho de que ante la imposibilidad de efectuar la devolución del vuelto, la diferencia debe ser a favor del usuario del servicio, tal lo especificado por la ley Nacional Nº 25.954.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

SEGUNDO: En caso de detectar irregularidades, aplique las sanciones previstas en los pliegos de condiciones de las licitaciones en cuestión.- - - - - - - - - - - - - - - - - - -

TERCERO: REGÍSTRESE, Comuníquese al D.E.M. a los fines pertinentes, Dese a conocer y Cumplido, ARCHÍVESE.- - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

miércoles, 18 de marzo de 2009

Temario 04/09

ORDEN DEL DIA
SESION ORDINARIA

JUEVES
19 de Marzo de 2009

ACTA Nº 04/09

NOTAS DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL (D.E.M.):
N/R N° 47/09 – D.E.M. eleva copia de expediente Nº 21/07 – Clara Benitez solicita condonación de deuda por tasa general de inmueble.
N/R N° 48/09 – D.E.M. eleva copia expediente Nº 08/07 – Club Gimnasia Guatambú solicita condonación de deuda por tasa general de inmueble.
N/R N° 49/09 – D.E.M. eleva informe de personal del mes de Febrero de 2009.

NOTAS DE INTERÉS DE PARTICULARES:
N/R N° 41/09 - Vecino Leandro Argüello solicita creación de nueva línea de transporte público desde Ita a Montecarlo.
N/R N° 42/09 – Comisión Organizadora de XI Jornadas Nacionales de Floricultura a realizarse en el mes de octubre solicitan declaración de Interés Municipal.
N/R N° 43/09 – Mamangá Rugby Club solicita declaración de Interés Municipal para clínica a dictarse en el mes de abril por el cuerpo técnico del Seleccionado Nacional de Rugby.
N/R N° 44/09 – Comisaría de Montecarlo solicita renovación de carnet de conducir sin cargo para personal de la fuerza.
N/R N° 46/09 – Delegación RENATRE Misiones invita a actividades de capacitación para tareferos.
N/R N° 53/09 – Asociación de Ganaderos del Alto Paraná solicita condonación de deuda por tasa general de inmueble.

PROYECTOS PRESENTADOS:
N/R N° 52/09 – Proyecto de Comunicación Bloque del PJ referente a requerir al D.E.M. la realización de gestiones ante las autoridades provinciales por nueva escuela secundaria para Montecarlo.
N/R N° 54/09 – Proyecto de Ordenanza Bloque del Frente del Reencuentro referente a regulación de la publicidad oficial de la Municipalidad de Montecarlo.
N/R N° 55/09 – Proyecto de Ordenanza Bloque del Frente del Reencuentro referente a regular la actividad de la seguridad privada colectiva e individual en el Municipio de Montecarlo.

DESPACHOS DE COMISIÓN:
N/R N° 50/09 – Dictamen de la Comisión II s/ N/R Nº 38/09 – Proyecto de Comunicación Bloque del Frente del Reencuentro referente a solicitar al D.E.M. control sobre horarios y cumplimiento de tarifas del transporte público de pasajeros.
N/R N° 51/09 – Dictamen de la Comisión III s/ N/R Nº 03/09 - Trabajadores de la Empresa Paranaense SA solicitan intervención del H.C.D. frente a situación de desempleo.

viernes, 13 de marzo de 2009

Ordenanza 05/09 - Registro de niños y adolescentes sin lugar en escuelas

Montecarlo Misiones, 13 de Marzo de 2.009.-

ORDENANZA Nº 05 / 2009.-

VISTO:
La falta de disponibilidad de vacantes en las escuelas públicas primarias y secundarias de la localidad; y,

CONSIDERANDO:
Que, a partir del presente año rige la obligatoriedad de la escuela secundaria, con la consiguiente demanda de vacantes, docentes y espacio físico en las instituciones educativas;
Que, los cambios en el sistema educativo deben estar acompañados de medidas que los garanticen no sólo formalmente, sino también en las condiciones concretas de funcionamiento;
Que, habiendo circulado en distintos medios, declaraciones de docentes y directivos de la localidad referente a la superpoblación de las escuelas y la imposibilidad de inscribir a todos/as los/as alumnos/as aspirantes, se hace necesario contar con datos ciertos y precisos para realizar una correcta evaluación de la situación;
Que, tales datos son necesarios para poder gestionar y encauzar frente a los organismos correspondientes, las demandas de las familias y docentes a los fines de poder asegurar la inclusión escolar de los/as niños/as y adolescentes de Montecarlo.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTECARLO, MNES.
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A :

Artículo 1: Habilitar en el ámbito del D.E.M., -a cargo del Área de Cultura- un registro de niños/as y adolescentes, que no se hallen inscriptos a la fecha de la sanción de la presente, en ninguna escuela de la localidad; así como de aquellos/as que habiendo logrado inscribirse, se han visto obligados a hacerlo en escuelas alejadas de su lugar de residencia.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Artículo 2: Solicitar a las instituciones educativas de la localidad, la remisión al Área de Cultura Municipal de los datos de aquellos alumnos/as que se encuentren en listas de espera.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Artículo 3: Requerir al D.E.M., la urgente gestión frente a las autoridades provinciales de las condiciones necesarias para cubrir las demandas que surjan de lo dispuesto en el artículo 1.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - --

Artículo 4: Regístrese, Comuníquese al D.E.M. a los fines previstos en el Artículo 80º, inc. 11 y 12 de la C.O.M., a las instituciones educativas de la localidad de Montecarlo, Dese amplia difusión, y Cumplido, ARCHÍVESE. - - - - - - - - - - - - - - - -