lunes, 27 de octubre de 2008

RESOLUCIÓN 37-08 Ayuda económica Mamangá Rugby

Montecarlo, Mnes. 24 de octubre de 2008

RESOLUCIÓN N° 37/ 2008.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

La nota de pedido formulada por la entidad deportiva de nuestro medio: Club Mamangá, para el otorgamiento de un aporte económico que le permita solventar parte de los gastos que demanda la participación en el Torneo Oficial Provincial de Rugby;
Que, el Mamangá Rugby, nació en el año 2001, por iniciativa de un grupo de padres seguidores de ese deporte para ofrecer otra alternativa deportiva a los niños, jóvenes y adultos de esta localidad;
Que, son varios los gastos que deben enfrentar, desde el canon de inscripción de cada jugador, traslado, adquisición de elementos, botiquín, chombas, costo de árbitro, etc.;
Que, de los ocho equipos de las dos zonas, los tres mejores clasificados de cada zona jugarán por las copas de Oro, Plata y Bronce y el primero integrará la liga oficial de Rugby de Misiones;
Que, los Miembros de este H.C.D. desean brindar su aporte a las distintas instituciones deportivas, propiciando el cumplimiento de las metas de fortalecimiento espiritual y físico de jóvenes y adultos y reconocer el esfuerzo y sacrificio que implica todo desafío deportivo.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE MONTECARLO (MNES.)
R E S U E L V E:

ARTÍCULO PRIMERO: OTORGAR un aporte económico de PESOS DOSCIENTOS ($200,00) A los Integrantes del Club MAMANGA RUGBY CLUB MONTECARLO de esta ciudad, en nombre de su Presidenta Sonia Irene Wacker o los integrantes Pablo SABAT o David APONTE, a fin de contribuir con los gastos emergentes de la organización y participación en el Torneo Oficial del Interior de la Unión de Rugby de Misiones.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTICULO SEGUNDO: AFECTAR a la partida presupuestaria del H.C.D., para el pago del costo de lo determinado en artículo precedente.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO TERCERO: REGÍSTRESE, Dese a conocer y Cumplido, ARCHÍVESE.- - - - -

DECLARACION 08-08 - Interés Municipal Charla "Leishmaniasis canina"

Montecarlo, Mnes. 23 de Octubre de 2008

DECLARACIÓN Nº 08 / 2008

VISTO:
La realización de la charla “Leishmaniasis canina” a llevarse a cabo el día 23 de octubre de 2008 en la sede de la Asociación de Maestros, organizada por el Hospital de Área Local y el Consejo Multilateral de Políticas Sociales de Montecarlo; y,

CONSIDERANDO:
Que, se vive en todo el territorio provincial una situación de alerta sanitaria a partir de la detección de gran número de casos de leishmaniasis canina y humana;
Que, deben realizarse acciones tendientes a prevenir la enfermedad, tales como el diagnóstico de animales, erradicación del vector, y también concientización de la población en general;
Que, en relación con la prevención de la leishmaniasis, es necesario aprovechar y transmitir la información registrada por el Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Misiones respecto de esta enfermedad, divulgándola en distintos espacios;
Que, la provincia de Misiones cuenta con un área de Vigilancia Epidemiológica que busca ofrecer orientación técnica permanente a quienes tienen la responsabilidad de decidir sobre la ejecución de acciones de prevención y control, facilitando, a tal efecto, la información actualizada sobre la ocurrencia de las enfermedades, los factores condicionantes y las poblaciones definidas “de riesgo”.
Que, las acciones impulsadas por esta Área en articulación con otros entes y niveles del Estado y/u organizaciones de la sociedad civil tienden a buscar la adopción de medidas que impacten sobre la reducción de la morbi-mortalidad;
Que, este concejo ve con agrado la realización de acciones como la planteada, en tanto buscan promover la salud y el bienestar de toda la población.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTECARLO, MNES.
D E C L A R A :

ARTÍCULO PRIMERO: DE INTERÉS MUNICIPAL la charla “Leishmaniasis canina” a realizarse el día 23 de octubre en la sede de la Asociación de Maestros de la localidad de Montecarlo a partir de las 20.30 hs., con la participación del Dr. Jorge Gutiérrez, Jefe del Área de Vigilancia Epidemiológica del Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Misiones, organizada en forma conjunta por el Hospital de Área Local y el Consejo Multilateral de Políticas Sociales de Montecarlo.- - - - - - - - - - --

ARTÍCULO SEGUNDO: REGÍSTRESE; Comuníquese al D.E.M. a los fines pertinentes, Dese a conocer y cumplido, ARCHÍVESE.- - - - - - - -

COMUNICACIÓN 32-08 - Gestión de reactivos para diagnostico de leishmaniasis

Montecarlo, Mnes. 24 de Octubre de 2008

COMUNICACIÓN Nº 32 / 2008

VISTO:
La necesidad de establecer medidas tendientes a diagnosticar leishmaniasis canina en animales de la localidad; y,

CONSIDERANDO:
Que, la ordenanza 51/2008 sancionada el día 02 de octubre del corriente año, prevé entre sus objetivos la realización de acciones periódicas y gratuitas de diagnóstico de la leishmaniasis canina en el territorio municipal y a cargo del DEM;
Que, los índices de animales infectados serían altos para el caso de nuestra ciudad, de lo que dan cuenta las declaraciones efectuadas por profesionales veterinarios consultados;
Que, otros Municipios de la provincia, tales como San Ignacio y Corpus han realizado gestiones frente a la provincia, recibiendo de manera gratuita los reactivos necesarios para el diagnóstico de la enfermedad en canes;
Que, sería deseable que tales reactivos estuvieran disponibles para el área de Bromatología del Municipio de Montecarlo, a los fines de que puedan realizarse acciones masivas y gratuitas de diagnóstico de la enfermedad, principalmente en las zonas carenciadas de la localidad;

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTECARLO, MNES.
C O M U N I C A :

PRIMERO: Vería con agrado que el D.E.M. realizara gestiones por ante las autoridades pertinentes del Poder Ejecutivo Provincial, a los fines de que el Área de Bromatología Municipal cuente con los reactivos necesarios para realizar de manera gratuita el diagnóstico de la leishmaniasis en la población canina de Montecarlo. - -

SEGUNDO: Se destine dichos reactivos -de manera preferente- al diagnóstico de animales pertenecientes a familias de escasos recursos de la ciudad o residentes en la zona rural, quienes tengan dificultades para realizar los mencionados estudios a través de la consulta a profesionales privados. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

TERCERO: REGÍSTRESE; Comuníquese al D.E.M. a los fines pertinentes, Dese a conocer y cumplido, ARCHÍVESE.- - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ORDENANZA 58-08 eximicion tasa general inmueble a Benitez Diego

Montecarlo, Mnes. 24 de octubre de 2008

ORDENANZA Nº 58 / 2008

VISTO:
La petición del ciudadano Benítez Diego, para que se le condone la deuda que mantiene con el Municipio, en concepto de Tasa General Inmueble de su única propiedad; y,

CONSIDERANDO:
Que, el peticionante en su condición de jubilado, de escasos recursos económicos, no cuenta con medios para afrontar la deuda existente, a lo que se suma el delicado estado de salud, ante un cuadro clínico de insuficiencia cardíaca, demostrado por certificados médicos expedidos por profesionales que le asisten;
Que, el contribuyente prealudido, es beneficiario de una jubilación por moratoria de la ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social) por la que percibe mensualmente $639,30 a los que – luego de los débitos correspondientes a dicha moratoria- cobra como importe neto la suma de $307,58.
Que, ante este cuadro de circunstancias, se le hace imposible afrontar gastos cotidianos de alimentación, salud, vivienda, etc., y, mucho más aún, los aranceles en concepto de deuda con el Municipio y las Tasas de su única propiedad, ubicada en el barrio Paz de esta ciudad.
Que, este H.C.D., ha sostenido como filosofía contribuir con este sector de la ciudadanía, en evidente condición de vulnerabilidad social, a fin de aliviar algunas de las problemáticas que deben afrontar.
Que, es competencia de este Órgano Legislativo, legislar al respecto.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE MONTECARLO (MNES.)
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A :

ARTÍCULO 1ro.: CONDONAR la deuda que mantiene el ciudadano: BENITEZ DIEGO-titular del D.N.I. Nº 07.542.457- con el Municipio por el importe de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO C/ 67/100 ($345,67-), en concepto de Tasa General Inmueble, deuda calculada al 24/10/08, de su única propiedad identificada catastralmente como: Lote 1- Mz E –, Subdivisión Lote 20/20 D/ 20 A/ Remanente 2- Plano nº 29649- Partida Inmobiliaria 9877 –Parcela 1, Mz 88, Sección 7, con una superficie de 397,20 M2, ubicado en el Barrio Paz de esta ciudad.- - - - - -

ARTÍCULO 2do.: INSTRUIR al Departamento Ejecutivo Municipal la INCLUSIÓN del ciudadano precedentemente citado, en los beneficios establecidos en el Artículo 131º del Código Fiscal Municipal (C.F.M.), respecto a la EXIMISIÓN del pago de la T.G.I., atendiendo a su condición de Jubilado.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO 3ro.: REGÍSTRESE, Comuníquese al D.E.M., a los fines previstos en el Artículo 80º, inc. 11 y 12 de la Carta Orgánica Municipal, al beneficiario y Cumplido, ARCHÍVESE.- - - - - - - -

ORDENANZA 57-08 donación terreno a gendarmería nacional

Montecarlo Mnes., 24 de Octubre de 2.008.-

ORDENANZA Nº 57 / 2.008.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE MONTECARLO
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A:

ARTÍCULO 1ro.: DÓNASE A LA Fuerza Pública de Seguridad Federal: GENDARMERIA NACIONAL un lote propiedad privada municipal identificado catastralmente como: Lote ”11”, Mz. “F” Subdivisión Lote 77- Fracción 77/3, Línea Bonita, ciudad y Departamento de Montecarlo, con una superficie de SEISCIENTOS TRECE METROS CUADRADOS CUARENTA Y SIETE CENTÍMETROS CUADRADOS ( 613,47 m2) ubicado en el Bº Los Laureles de esta ciudad. Con el objeto de construirse allí, una sede de la SECCIÓN VIAL MONTECARLO de Gendarmería Nacional.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO 2do.. FACULTASE por el presente instrumento, a la Sra. Intendenta Municipal, a suscribir la traslación del Dominio una vez obtenido las documentales necesarias, provistas por la autoridad competente (Catastro, Renta Pcial.), dentro de un plazo de noventa (90) días.- - - - -

ARTÍCULO 3ro.: ESTABLECESE Plazo de tres años, a partir de la promulgación de la presente, para el inicio de la obra citada, caso contrario caducará la vigencia de lo normado en el artículo precedente.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO 4to.: REGÍSTRESE, comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal (D.E.M.) a los fines previstos en el Art- 80º, inc. 11 y 12 de la Carta Orgánica Municipal, y Cumplido, ARCHÍVESE.- - - - - - -

FUNDAMENTOS:

VISTO:
La sanción de la Ordenanza Nº 56/2.008, mediante la cual se acepta la donación de un inmueble, ofrecida por el vecino Eduino Arturo ZWEIFEL, con el objeto de construir la sede de la SECCIÓN VIAL MONTECARLO de Gendarmería Nacional, en el Barrio Los Laureles de nuestra localidad; y,

CONSIDERANDO:
QUE, el predio referenciado en el presente instrumento, ofrece las condiciones necesarias para la concreción de este proyecto;
QUE, corresponde al H.C.D., transmitir u otorgar derechos reales sobre muebles, inmuebles o enajenarlos, según lo determina el artículo 67, inciso 2, apartado a) de la Carta Orgánica Municipal.

ORDENANZA 56-08 donación de terreno eduino zweifel

Montecarlo Mnes., 24 de Octubre de 2.008.-

ORDENANZA Nº 56 / 2.008.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE MONTECARLO (MNES.)
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A:

ARTÍCULO 1ro.: ACEPTASE la DONACIÓN ofrecida por el Sr. EDUINO ARTURO ZWEIFEL, DNI Nº 20.119.451, apoderado de los bienes de Doña ELMA ANA FRANKE, L.C. Nº 6.825.235, consistente en un inmueble identificado catastralmente como Lote “11” , Mz “F” Subdivisión Lote 77- Fracción 77/3; Línea Bonita con una Superficie de SEISCIENTOS TRECE METROS CUADRADOS CUARENTA Y SIETE CENTÍMETROS CUADRADOS ( 613,47 m2), ubicado en el Barrio Los Laureles de esta localidad.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO 2do.: INCORPORASE el Lote descripto en el artículo anterior, al Registro del Patrimonio Privado Municipal; el que será destinado a la instalación de Un Destacamento de Gendarmería Nacional.- - - - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO 3ro.: LIBERAR del pago en concepto de Tasa General de Inmuebles a los Lotes Nº 5, 6 y 7 de la Mz. F, y al Lote de la Partida Inmobiliaria 6215, por el término de diez (10) años, a partir del ejercicio fiscal 2009.- - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTICULO 4to.: REGÍSTRESE, Comuníquese al D.E.M., a los fines previstos en el Artículo 80º, inc. 11 y 12 de la Carta Orgánica Municipal, y Cumplido, ARCHÍVESE.- -

FUNDAMENTOS:

VISTO:
El ofrecimiento realizado por el Sr. ZWEIFEL, luego de gestiones realizadas por el Presidente de este Cuerpo Deliberativo, en la obtención de un predio para la construcción de una sede para la SECCIÓN VIAL MONTECARLO de la Gendarmería Nacional; y,

CONSIDERANDO:
QUE, contar con este espacio físico será de vital importancia, a fin de concretar la instalación de una nueva Sección de Gendarmería Nacional y dar solución a una demanda existente en nuestro medio, consistente en la atención de la seguridad vial;
QUE, se amerita la decisión del ciudadano y su familia en el ofrecimiento del predio, determinándose la liberación de las tasas como una retribución simbólica al importante aporte hecho por estos vecinos a la comunidad de Montecarlo;
QUE, es facultad de este Cuerpo Colegiado, decidir sobre peticiones de esta naturaleza, acorde a lo establecido en el artículo 27º, inc. 10 de la Carta orgánica Municipal.-