martes, 24 de febrero de 2009

Invitación a la ciudadanía - Apertura de sesiones del HCD de Montecarlo

El día Domingo 1º de Marzo de 2009, a partir de las 20.30 hs., en su sede de Avda. El Libertador 3015, el Honorable Concejo Deliberante de Montecarlo dará inicio a un nuevo periodo de Sesiones Ordinarias. En dicha oportunidad se contará con la presencia de la Intendenta Municipal Elba Auzmendi, quien con su mensaje a la comunidad, dejará inaugurado el periodo legislativo 2009, tal como lo dispone la Carta Orgánica Municipal.

Siendo éste un acto que requiere la participación de los/as ciudadanos/os, y un momento importante para la vida democrática de la localidad, esperamos contar con la presencia de los montecarlenses en el día y hora fijados más arriba, recordando el carácter público de todas las sesiones del Concejo Deliberante.

lunes, 23 de febrero de 2009

Declaración 01 / 2009 - Preocupación del HCD por motivos de la protesta social y su judicialización

Montecarlo, Misiones, 20 de febrero de 2009

DECLARACIÓN Nº 01/2009.-

VISTO:
Los reclamos sostenidos en las últimas semanas por sectores sociales en pos del efectivo cumplimiento de políticas económicas y sociales para sus sectores; y,

CONSIDERANDO:
Que, es legítimo el derechos de los/as ciudadanos/as de peticionar ante las autoridades, llevar a cabo huelgas y formar parte de organizaciones y movilizaciones sociales;
Que, la protesta social evidenciada en las últimas semanas en nuestra localidad, requiere el involucramiento de distintos actores para su resolución en función del bien común;
Que, la situación planteada implica a obreros, gremios, patronal y Estado como partes, debiendo éstas buscar alternativas de solución que resuelvan el conflicto privilegiando el uso del diálogo y la concertación.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTECARLO, MNES.
D E C L A R A :

PRIMERO: EXPRESAR SU HONDA PREOCUPACIÓN por la crisis que motiva la protesta social en la localidad de Montecarlo, así como por los recientes hechos de judicialización de la misma, lamentando que en esta –como en cualquier otra situación- se privilegie el uso de la fuerza por sobre el diálogo y la construcción de alternativas superadoras de los conflictos.- - - - -

SEGUNDO: REGÍSTRESE, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dese a conocer y Cumplido, ARCHÍVESE.- - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Comunicación 01 / 2009 - Al DEM para gestionar reconexiones de agua y energia electrica

Montecarlo, Misiones, 20 de febrero de 2009


COMUNICACIÓN Nº 01/2009.-


EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTECARLO, MNES.
C O M U N I C A :

PRIMERO: Vería con agrado que el Departamento Ejecutivo Municipal (D.E.M.), intervenga frente a la prestataria de servicios de energía eléctrica y agua potable (Cooperativa de Electricidad de Montecarlo Limitada) para que proceda a la re-conexión de los servicios básicos a los trabajadores rurales desocupados actualmente en conflicto. Asimismo, acuerde exención o reducción y plazos especiales para el pago de las deudas que por dichos servicios posean los afectados.

SEGUNDO: REGÍSTRESE, Comuníquese al D.E.M., dese a conocer y cumplido, ARCHÍVESE.


FUNDAMENTOS: La movilización sostenida por un grupo de personas desocupadas de tareas rurales,-principalmente cosecheros de yerba mate- familias enteras que actualmente acampan en el acceso sur de la ciudad, siendo esto de público conocimiento; Que las desgraciadas situaciones que padecen, hacen que carezcan del sustento diario elemental y de los servicios públicos primarios; Que, se debe buscar la prestación de estos servicios básicos de luz y agua a las familias señaladas, llevando de esta manera alivio a la penosa situación que están viviendo.

ORDENANZA 01 / 2009 - Emergencia Alimentaria

Montecarlo, Misiones, 20 de febrero de 2009

ORDENANZA Nº 01 / 2009.-

VISTO:
La crisis social que vive la comunidad de Montecarlo, debido a la falta de trabajo, empresas que han cesado en su actividad productiva, y la crisis de recesión general que afecta a los países vecinos del MERCOSUR y a los llamados del Primer Mundo; y,

CONSIDERANDO:
Que, la ciudad de Montecarlo, por su gran dependencia económica y de desarrollo al quehacer de la actividad primaria, sufre con mayor efecto la mengua de la actividad;
Que, existe un importante sector del componente social –integrado principalmente por niños/as- que se ve seriamente afectado por esta situación;
Que, los integrantes de este H.C.D., se hacen partícipes de la filosofía sostenida, para con caso en que la solidaridad social debe contribuir a aliviar las diferentes necesidades de la población. Por esto se arbitran los medios necesarios, en pos de los objetivos sociales de los que menos tienen y se reclama la atención de todos los estamentos de responsabilidad para la garantización de la paz social

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTECARLO, MNES.
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A :

Articulo 1: DECLÁRASE en el ámbito del Municipio de Montecarlo, la EMERGENCIA ALIMENTARIA, la que regirá en todo su ejido a partir de la sanción de la presente y hasta el día 10 de diciembre de 2009, siendo este lapso prorrogable ante la subsistencia de las condiciones que le dieran origen.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Artículo 2: CONFÓRMASE una Unidad Ejecutora que estará integrada por miembros del gabinete del D.E.M., profesionales de los equipos técnicos de las áreas de salud, asistencia social, recursos humanos y desarrollo social, quienes actuarán en la elaboración de las acciones inherentes al cumplimiento de los objetivos contemplados en la presente. DETERMINASE que el Consejo Multilateral de Políticas Sociales de Montecarlo actúe como órgano de contralor de tales acciones, elevando informes mensuales de las mismas a este H.C.D.- - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Artículo 3: Los componentes del Programa de Emergencia Alimentaria serán: La prevención de carencias nutricionales específicas. Prevención para la salud materno-infantil. La lactancia materna. La rehabilitación nutricional. La educación alimentaria nutricional. La asistencia alimentaria directa. El autoabastecimiento y la producción de alimentos. El sistema de monitoreo permanente del estado nutricional de la población.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Artículo 4: Serán destinatarios del Programa: La población cuyas carencias nutricionales sean determinadas por las actuales normas de evaluación de estado nutricional. Mujeres embarazadas y niños de cero (0) a cinco (5) años que se encuentren en estado de indigencia. Población de niños de cero (0) a catorce (14) años cuyos ingresos familiares los ubiquen debajo de la línea de pobreza. Adultos mayores de sesenta años que no posean cobertura social. Personas con discapacidad en la misma situación. Personas desocupadas, jefes/as de hogar.- - - - - - - - - - - - -

Artículo 5: La información sobre la población destinataria del Programa de Emergencia Alimentaria deberá incluir además, la evaluación de la situación de la seguridad alimentaria nutricional, a fin de disponer de un mapa de la situación de riesgo, conteniendo entre otros datos: encuesta permanente de los hogares afectados y censo de población asistida.- - - - - - - - - - - - -

Artículo 6: Crease a los efectos del financiamiento del Programa de Emergencia Alimentaria, la cuenta especial Fondo de Emergencia Alimentaria, a la que se destinarán los siguientes recursos: los fondos que se asignen a la misma a partir de las transferencias que efectivice el Estado Provincial en primera instancia y Nacional, así como los fondos que se puedan transferir del Estado Municipal, las donaciones y los legados que se realicen para el tema de incumbencia de la presente ordenanza.- - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- -

Artículo 7: El Departamento Ejecutivo Municipal queda facultado para gestionar ante los organismos necesarios el otorgamiento de créditos y otros financiamientos, destinados a la atención inmediata de la problemática vinculada con la Emergencia Alimentaria, compromisos que podrán ser contraídos previa autorización y validación de los mismos por parte del H.C.D., tal lo dispuesto por la Carta Orgánica Municipal.- - - - - - - - - - -- -

Artículo 8: Se promoverá la conformación de mesas de trabajo con organizaciones asesoras de la sociedad civil, para el tema de incumbencia de esta ordenanza.- - - -

Artículo 9: Regístrese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a los fines establecidos en el Artículo 80º, incisos 11 y 12 de la Carta Orgánica Municipal; Dese a conocer y cumplido, Archívese.- - - - - - - - - - - - -

martes, 17 de febrero de 2009

Temario 01/09 Sesión Extraordinaria

TEMARIO

ORDEN DEL DIA
SESIÓN EXTRAORDINARIA
Jueves 19/02/09

Inicio de la Sesión: 19.30 hs.

ACTA Nº 01-09

PROYECTOS PRESENTADOS:

N/R Nº 09/09 – Proyecto de Ordenanza – Bloque del PJ referente a declarar emergencia alimentaria en el ámbito del Municipio de Montecarlo

N/R Nº 10/09 – Proyecto de Declaración – Bloque del Frente del Reencuentro referente a expresar preocupación por recientes hechos de criminalización de la protesta social en Montecarlo.