lunes, 6 de abril de 2009

Ordenanza 12-09 - Adhesion al regimen de simultaneidad de elecciones

Montecarlo Misiones, 03 de Abril de 2.009.-

ORDENANZA Nº 12 /2.009.-

VISTO:
La solicitud del Departamento Ejecutivo Municipal de autorizar la adhesión a la convocatoria a Elecciones previstas para el día Domingo 28 de Junio de 2009, según lo establecido por el Decreto provincial Nº 275/09 del Gobierno de la Provincia de Misiones; y,

CONSIDERANDO:
Que, en el orden nacional y provincial se ha determinado el adelantamiento de las elecciones para cargos de legisladores nacionales y provinciales;
Que, tal situación obliga a los Municipios con Carta Orgánica a optar por adherir a lo previsto por la normativa vigente, procediendo a adelantar también las elecciones de concejales;
Que, la Municipalidad de Montecarlo, acorde a lo previsto por su Carta Orgánica Municipal debe proceder a la renovación de tres (3) cargos de concejales;
Que, el Artículo 4to. del decreto 275/09, del Gobierno de la Provincia de Misiones invita a las municipalidades que deban elegir autoridades locales a acogerse al régimen de simultaneidad convocando a realizar los comicios que correspondan en la misma fecha establecida en el artículo primero del decreto referenciado;
Que, no se encuentran impedimentos para la adhesión a la fecha prevista a nivel nacional y provincial, toda vez que de esta manera se resuelve la cuestión de los gastos y apoyo logístico que implica la realización de un comicio a nivel local;
Que tal decisión ha sido aprobada por unanimidad según consta en el Acta de la Sesión Extraordinaria Nº 06/09 del Honorable Concejo Deliberante de Montecarlo.


POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE MONTECARLO (MNES.)
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A :

ARTÍCULO 1ro.: ADHERIR al Decreto provincial Nº 275/09 sobre convocatoria a Elecciones para el día Domingo 28 de Junio de 2009.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO 2do.: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal la pertinente Convocatoria a elecciones, acorde al artículo primero, para la elección de tres concejales titulares y tres concejales suplentes, bajo el régimen de simultaneidad de la LEY Nacional 15.262, su decreto reglamentario Nº 17.265/59 y Decreto provincial Nº 275/09 en plena adhesión al artículo 4to.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTICULO 3ro.: REGÍSTRESE, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) a los fines previstos en el Artículo 80º, inc. 11 y 12 de la C.O.M., dese a publicidad, remítase copia al Tribunal Electoral de la Provincia de Misiones, al Poder Ejecutivo Provincial, Cámara de Representantes. Cumplido ARCHIVESE - - -

Ordenanza 11-09 - Condonacion deuda tasa de comercio Fidelina Mendez

Montecarlo Misiones, 01 de Abril de 2.009.-

ORDENANZA Nº 11 / 2009.-

VISTO:
Pedido de la Sra. Mendez Fidelina s/ Condonación de deuda en concepto de Tasa de Comercio; y,

CONSIDERANDO:
Que, la solicitud de la misma obedece a la necesidad de dar de baja la habilitación de su comercio ubicado en el barrio Sarmiento de esta localidad, atento a que sus problemas de salud no le permiten seguir sosteniéndolo;
Que, la peticionante ha sufrido un accidente cerebrovascular, y tiene la movilidad reducida, por lo cual adjunta el resumen de su historia clínica;
Que, la trabajadora social de la Municipalidad de Montecarlo ha elevado informe socioambiental sobre la interesada, exponiendo la difícil situación económica vivida;
Que, observados los hechos, es poco probable que la ciudadana en cuestión pueda hacer frente a sus obligaciones tributarias para con el ente municipal.-

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE MONTECARLO
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A :

ARTÍCULO 1ro.: CONDONAR la deuda existente de la Sra. MENDEZ FIDELINA, titular del DNI Nº 92.305.022, de un total de PESOS DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS, con OCHENTA Y SEIS cvos. ($2376.86), en concepto de TASA DE COMERCIO, acorde al detalle de deuda adjunto, calculado al 25/11/08, de su comercio ubicado sobre la Calle 3 de Febrero Nº 169, del Barrio Sarmiento de esta localidad.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- -

ARTÍCULO 2do.: REGÍSTRESE, Comuníquese al DEM. en virtud del artículo 80, incisos 11 y 12 de la C.O.M., notifíquese a la peticionante, publíquese, cumplido ARCHÍVESE.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -