Montecarlo, Mnes. 27 de noviembre de 2009
ORDENANZA Nº 49 / 2009.-
VISTO:
La solicitud de la Sra. Claudia Cornelia Caniza respecto de la Condonación de su deuda en concepto de Tasa de Comercio; y,
CONSIDERANDO:
Que, la solicitud obedece al hecho de que el comercio de su propiedad habría sufrido un incendio el 9 de octubre del corriente año, según consta en la documentación aportada;
Que, la Sra. Caniza expresa que a causa de este hecho, carece de recursos económicos para hacer frente a las obligaciones adeudadas al Estado Municipal, en tanto el comercio incendiado resultaba ser su principal fuente de ingresos;
Que, el D.E.M. ha remitido la solicitud de la vecina solicitando se evalúe la situación particular de la vecina a los fines de dar continuidad a los trámites legales correspondientes;
Que, este Concejo se halla facultado para la presente determinación, acorde lo estipulado por la Carta Orgánica Municipal en su Artículo 154.-
Que, la Sra. Caniza expresa que a causa de este hecho, carece de recursos económicos para hacer frente a las obligaciones adeudadas al Estado Municipal, en tanto el comercio incendiado resultaba ser su principal fuente de ingresos;
Que, el D.E.M. ha remitido la solicitud de la vecina solicitando se evalúe la situación particular de la vecina a los fines de dar continuidad a los trámites legales correspondientes;
Que, este Concejo se halla facultado para la presente determinación, acorde lo estipulado por la Carta Orgánica Municipal en su Artículo 154.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE MONTECARLO
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A :
DE LA CIUDAD DE MONTECARLO
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A :
ARTÍCULO 1ro.: CONDONAR el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la deuda existente de la Sra. CANIZA CLAUDA CORNELIA, titular del DNI Nº 25.017.005, de un total de PESOS NOVESCIENTOS SETENTA Y TRES, con SETENTA Y TRES centavos ($ 973.73), en concepto de TASA DE COMERCIO, acorde al detalle de deuda adjunto, calculado al 30/10/09, de su comercio ubicado en la Colonia Guaraypo de esta localidad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
ARTÍCULO 2do.: REGÍSTRESE, Comuníquese al D.E.M. en virtud del artículo 80, incisos 11 y 12 de la C.O.M., notifíquese a la peticionante, publíquese, cumplido ARCHÍVESE.- - - - - - - - - -
ARTÍCULO 2do.: REGÍSTRESE, Comuníquese al D.E.M. en virtud del artículo 80, incisos 11 y 12 de la C.O.M., notifíquese a la peticionante, publíquese, cumplido ARCHÍVESE.- - - - - - - - - -