viernes, 21 de agosto de 2009

ORDENANZA 33-09 - Concesión Línea 2 Circuitos B y C del Transporte Urbano

Montecarlo Misiones, 07 de agosto de 2.009.-

ORDENANZA Nº 33 / 2009:

VISTO:
La proximidad del plazo de vencimiento de concesión del servicio urbano y suburbano de transporte de pasajeros municipal, Línea 2, Circuito B y C; y, Y

CONSIDERANDO:
Que, la empresa Unipersonal R.C.- Ricardo Costa, se encuentra prestando el servicio de transporte de pasajeros en zonas Urbanas, Suburbanas, Periféricas y Rurales, concordante con la creación de los circuitos "A", "B" y "C", que constituyen la Línea 02, mediante Ordenanza 29/97;
Que, la Empresa Unipersonal, "COSTA RICARDO"; ha dado respuesta y elevado documental que responde satisfactoriamente a las condiciones y exigencias del Pliego de Bases y Condiciones y Anexos;
Que, este Concejo apuesta y cree en el potencial y en el servicio del empresariado local; Que, es responsabilidad del Cuerpo Deliberativo, adoptar una determinación que favorezca, a los intereses de los usuarios ciudadanos de Montecarlo, con la finalidad de mejorar la calidad de vida de los mismos;
Que, la Carta Orgánica Municipal, en su Capítulo II, Artículo 27 lnc. "6" y "22"; faculta al Honorable Concejo Deliberante a Sancionar regímenes de Contrataciones y Servicios Públicos y Autorizar Convenios y concesiones, respectivamente;

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE MONTECARLO
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A:

ARTICULO PRIMERO: APRUÉBASE la adjudicación directa, de la Explotación de la Línea N° 02 de Servicio Público de Transporte de Pasajeros (S.P.T.P.) en lo que hace a los Circuitos "B" y "C" a favor de la Firma Unipersonal RICARDO COSTA; la que tendrá vigencia por el término de -02- Dos Años, a contar desde la firma de contrato, entre la Municipalidad y la Empresa .- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTICULO SEGUNDO: INCORPORASE como parte de la presente Ordenanza, el Pliego de Bases y Condiciones y Anexos, para la Concesión del Servicio Público de Transporte: Urbano-Suburbano-Periférico-Rural de Pasajeros, aprobado por Ordenanza Nº 29/97.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTICULO TERCERO: AUTORIZASE al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, a firmar Contrato de Concesión con la Empresa Prestataria del Servicio.- - - - - - - - - -

ARTICULO CUARTO: FACULTASE al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, a adecuar itinerarios en casos de necesidad, reglamentar pautas, exigir cumplimiento irrestricto de lo establecido en pliegos de Bases y Condiciones aprobados por el H.C.D. al efecto.- - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - -- - -

ARTICULO QUINTO: COMUNÍQUESE al D.E.M., a la empresa prestataria, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial Municipal, Dese a conocer, regístrese y cumplido, ARCHIVESE.- -