viernes, 13 de marzo de 2009

Ordenanza 04/09 - Aprobar Resolución del DEM respecto de licencias de conducir

Montecarlo Mnes., 13 de Marzo de 2.009.-

ORDENANZA nº 04/2.009.-

VISTO:
La sanción de la Resolución Municipal nº 019/08 de fecha 15 de enero de 2.009; y

CONSIDERANDO:
Que, dicho instrumento, reglamenta lo establecido en el Art. 45º, Capítulo II- Licencia de Conductor- incisos b) y c) de la Ley nº 3.824- Ley Integral de Transito de Misiones.
Que la Ordenanza Impositiva vigente (2.009), establece valores en conceptos de tasas con validez de uno (1) y cinco (5) años.
Que, se hace necesaria la aplicación de tasas por idéntico concepto, pero con validez diferente, tal lo exige la Ley Pcial. precedentemente citada.
Que, para la puesta en vigencia de instrumentos que establecen tasas municipales, deben ser ratificados y aprobados por este H.C.D.-

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTECARLO (MNES.)
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:

ARTÍCULO 1ro: RATIFICAR los términos expresados mediante RESOLUCIÓN Nº 019/2.008, sancionado por el Ejecutivo Municipal en fecha 15 de enero de 2.009, mediante la cual se reglamenta el artículo 45º del Capítulo II- Licencia de Conductor- inc. b) y c) de la Ley nº 3824- Ley Integral de Tránsito de Pcia. de Misiones-, el que como ANEXO I, formar parte integral del presente instrumento.- - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO 2do.: INCORPORAR a la ORDENANZA IMPOSITIVA, Artículo 16º- Capítulo IV- Ejercicio 2.009-, en concepto de Otorgamiento de carnet de conductor, las siguientes tasas: 1).- Otorgamiento c/ validez por dos (2) años……………. $80,00- 2).- Otorgamiento por tres (3) años………………………... $120,00 3).- Otorgamiento por cuatro (4) años……………………... $160,00.- - - - - - - -

ARTÍCULO 3ro.: REGÍSTRESE, Comuníquese al D.E.M. a los fines previsto en el Artículo 80º, inc. 11 y 12 de la C.O.M. y Cumplido, ARCHÍVESE.- - - - - - - - - - - - -