lunes, 15 de septiembre de 2008

ORDENANZA 45-08 Ayuda economica Bomberos Voluntarios

Montecarlo, Mnes.- 12 de septiembre de 2008

ORDENANZA N° 45/2008

Visto:
La solicitud realizada por la Asociación Bomberos Voluntarios de Montecarlo, en el sentido de obtener mayores aportes del Estado Municipal para el sostenimiento de su institución, y;

Considerando:
Que, -no obstante lo otorgado en forma mensual y permanente desde el año 1991, afectando el 3% de lo recaudado en concepto de adicional de la Tasa General de Inmuebles- los miembros de la Asociación expresan no poder hacer frente a los gastos fijos de mantenimiento de la institución, ni realizar nuevas inversiones que mejoren el servicio prestado;
Que, frente a este concejo se han realizado diversas solicitudes y propuestas de modificación de tasas municipales a fines de incrementar la recaudación destinada a dicha Asociación;
Que, tales modificaciones, no serían viables en el corto plazo, dado que implicarían cambios significativos en el sistema contable y administrativo de la Municipalidad de Montecarlo, y en la Ordenanza General Impositiva Vigente;
Que, ante la dificultad de seguir sosteniendo la institución, por parte de la Asociación de Bomberos Voluntarios, se desea establecer una medida que atenúe la situación en el corto plazo, hasta tanto se legisle una solución de fondo.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTECARLO (MNES.)
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A :


ARTICULO 1ro: OTORGAR Subsidio, por única vez, de PESOS MIL QUINIENTOS ($1.500,00) a la Comisión Directiva de la Asociación de Bomberos Voluntarios de nuestra ciudad, para cubrir parte de los gastos fijos de su institución. - - - - - - - - - -

ARTICULO 2do.: IMPUTAR las erogaciones mencionadas del presupuesto, a la Partida Transferencia Corrientes.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTICULO 3ro.: REGÍSTRESE, comuníquese al DEM., en cumplimiento del artículo 80 incisos 11 y 12 de la Carta Orgánica Municipal, a la institución beneficiaria, publíquese en el Boletín Oficial municipal, cumplido ARCHÍVESE.- - - - -- - - - - - - - -