miércoles, 9 de julio de 2008

ORDENANZA 30-08 eximicion tasa carnet de conductor

Montecarlo, Mnes. 04 de julio de 2008

ORDENANZA Nº 30/2008

VISTO:
La solicitud expuesta por el Primer Alférez, Jefe de Sección Montecarlo de Gendarmería Nacional, Dante Fabián Romero, elevada a este H.C.D. por el Ejecutivo Municipal, para la liberación del pago de la licencia de conducir a tres (3) integrantes de dichas Fuerzas; y,

CONSIDERANDO:
Que, este tema, es tratado y aprobado por este Órgano Legislativo, año tras año, a fin de establecer la cobertura legal de los choferes de las Entidades oficiales, otorgándoles el carnet habilitante sin cargo.
Que, la liberación de esta tasa, es en parte un reconocimiento de esta Comunidad, a la vocación de servicios prestados por los agentes y miembros de las fuerzas de seguridad de nuestra ciudad.
Que, el personal a quien alcanza este instrumento ha sido involuntariamente omitido en la solicitud de eximición de pago de tasa de carnet de conducir realizada por la Gendarmería con fecha 17 de junio 2008 a este H.C.D.;
Que, es facultad de éste H. Cuerpo, resolver cuestiones de esta índole, en un todo acorde a lo preceptuado en la Carta Orgánica Municipal (C.O.M.).

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTECARLO
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A :

ARTICULO 1ro.: EXIMIR del pago de la Tasa en concepto de Otorgamiento y/o Renovación de CARNET DE CONDUCTOR, a los agentes- personal con prestación de servicios en la Sección “Montecarlo” de GENDARMERÍA NACIONAL, dependiente del Escuadrón 10 “ Eldorado”, ciudadanos: 1)- MELGAREJO RAMÓN EFRAÍN DNI Nº 10.267.189; 2) TABAREZ CARLOS DNI 11.523.022; 3) LEDESMA FELICIANO DNI 18.521.379; afectados a la conducción de vehículos Oficiales de Gendarmería Nacional; cuyos datos personales figuran en listado anexo al presente instrumento.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTICULO 2do.: La vigencia del Beneficio establecido en el artículo precedente, será para el presente ejercicio fiscal (2.008).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTÍCULO 3ro.: EXIGIR a los beneficiarios de la presente, el cumplimiento de los requisitos legales pertinentes para estos casos, sea para la obtención del carnet, como para la actualización del mismo.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - --

ARTÍCULO 4to.: REGÍSTRESE, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) a los fines previstos en el Artículo 80º, inc. 11 y 12 de la Carta Orgánica Municipal, a la Institución peticionante, y Cumplido ARCHÍVESE.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -