Montecarlo, Mnes. 03 de julio de 2009
COMUNICACIÓN Nº 28 / 2009.-
VISTO:
Las intimaciones de pago de cuotas atrasadas, remitidas por el IPRODHA a familias adjudicatarias del Plan de Viviendas Solidarias del Barrio Guatambú de la localidad de Montecarlo; y,
CONSIDERANDO
Que, vecinos/as han solicitado a miembros de este Concejo intermediación al respecto;
Que, las viviendas construidas en el Barrio Guatambú, se encuentran asentadas en terrenos cedidos por el Municipio de Montecarlo por medio de las ordenanzas 37/04 y 38/04, con el único fin de garantizar viviendas familiares dignas a Trabajadores rurales que hasta ese momento ocupaban viviendas precarias en tierras privadas;
Que, es innegable el fin social de tales planes de viviendas, toda vez que contribuyeron a resolver un problema habitacional de larga data;
Que, aún reconociendo que existe el compromiso de pago, por parte de los/as adjudicatarios/as, la actual situación económica y social por la que atraviesan la mayoría de las familias titulares de las viviendas, obligan a replantear las condiciones de pago de las cuotas acordadas;
Que, estando la mayor parte de los titulares de las viviendas desempleados o con empleos precarios y transitorios, se hace imposible afrontar los montos demandados en el lapso previsto por la intimación recibida (3 días hábiles);
Que, el derecho a la vivienda es un derecho humano básico, y su garantización por parte del Estado es fundamental en momentos de crisis social;
Que el Gobierno Nacional y Provincial ha ratificado en varias oportunidades su decisión de sostener políticas públicas inclusivas, que contribuyan a la consolidación de un país con Justicia Social.
Que, las viviendas construidas en el Barrio Guatambú, se encuentran asentadas en terrenos cedidos por el Municipio de Montecarlo por medio de las ordenanzas 37/04 y 38/04, con el único fin de garantizar viviendas familiares dignas a Trabajadores rurales que hasta ese momento ocupaban viviendas precarias en tierras privadas;
Que, es innegable el fin social de tales planes de viviendas, toda vez que contribuyeron a resolver un problema habitacional de larga data;
Que, aún reconociendo que existe el compromiso de pago, por parte de los/as adjudicatarios/as, la actual situación económica y social por la que atraviesan la mayoría de las familias titulares de las viviendas, obligan a replantear las condiciones de pago de las cuotas acordadas;
Que, estando la mayor parte de los titulares de las viviendas desempleados o con empleos precarios y transitorios, se hace imposible afrontar los montos demandados en el lapso previsto por la intimación recibida (3 días hábiles);
Que, el derecho a la vivienda es un derecho humano básico, y su garantización por parte del Estado es fundamental en momentos de crisis social;
Que el Gobierno Nacional y Provincial ha ratificado en varias oportunidades su decisión de sostener políticas públicas inclusivas, que contribuyan a la consolidación de un país con Justicia Social.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTECARLO (MNES.)
C O M U N I C A :
DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTECARLO (MNES.)
C O M U N I C A :
PRIMERO: SOLICITAR al Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional (IPRODHA), dejar sin efecto las intimaciones de pago remitidas a los titulares de viviendas económicas y/o solidarias construidas en el territorio municipal.- - - - - - - - - - - - - -
SEGUNDO: SOLICITAR AL IPRODHA Y AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL DE MONTECARLO, articulen acciones que contribuyan a resolver la situación de deuda que estas familias tienen respecto de sus viviendas, de tal modo que se eviten situaciones de mayor victimización y judicialización de la pobreza.- - - -- - - - - - - - -
TERCERO: REGÍSTRESE, Comuníquese al D.E.M., al Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional (IPRODHA), Dese a Conocer y Cumplido, ARCHÍVESE.- -
SEGUNDO: SOLICITAR AL IPRODHA Y AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL DE MONTECARLO, articulen acciones que contribuyan a resolver la situación de deuda que estas familias tienen respecto de sus viviendas, de tal modo que se eviten situaciones de mayor victimización y judicialización de la pobreza.- - - -- - - - - - - - -
TERCERO: REGÍSTRESE, Comuníquese al D.E.M., al Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional (IPRODHA), Dese a Conocer y Cumplido, ARCHÍVESE.- -